Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2078/06
FECHA DE SANCION: 4 de Septiembre de 2006.-
NUMERO DE REGISTRO: 1897
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-7646/06.-
VISTO:
La necesidad de agilizar los trámites para la obtención de los pases libres de transporte local para personas con discapacidad; y
CONSIDERANDO:
Que, las leyes Nacionales y Provinciales de discapacidad regulan el acceso libre al transporte para personas con capacidades diferentes.
Que, la Municipalidad de Villa Gesell a través del Área de la Discapacidad, ARDIS, presta servicios que favorecen al desarrollo integral de las personas con discapacidad, su inclusión social y una mejor calidad de vida.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal, a emitir pases
– – – – – – – – – – -libres de transporte local a Personas con discapacidad.- – –
ARTICULO 2º: Las Personas discapacitadas que requieran el pase libre de
– – – – – – – – – – – transporte local deben presentar en el Departamento Ejecutivo Municipal la documentación que a continuación se detalla:
* Fotocopia de DNI con domicilio en el Partido de Villa Gesell
* Certificado de discapacidad emitido por el Hospital Municipal Arturo Illia
* 2 (dos) fotos carné
* Fotocopia de DNI del acompañante; si lo requiere.- – –
ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal, emitirá un carné que
– – – – – – – – – – – – autorice al discapacitado/da y su acompañante si lo requiere, a viajar en el transporte de colectivo local sin costo alguno para el usuario.- – –
ARTICULO 4º: Los gastos que representen la presente Ordenanza serán
– – – – – – – – – – – – imputados a la partida presupuestaria correspondiente.- – –
ARTICULO 5º: Elévese copia de la presente Ordenanza a la Empresa de
– – – – – – – – – – – – transporte local “El último Querandí”.- – –
ARTICULO 6º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –