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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2092/07

                            FECHA DE SANCION: 16 DE ABRIL DE 2007.-
                             NUMERO DE REGISTRO: 1913
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-7749/07.-

 

VISTO:

              El Decreto Provincial Nº 3202/06, de fecha 29 de Noviembre de 2006; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que, el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, en acuerdo de Ministros, dictó el Decreto Nº 3202/06, por el cual se establecen las reglas que regirán los nuevos emprendimientos urbanísticos en la Costa Atlántica Bonaerense;

Que, la Municipalidad de Villa Gesell, trabajó en la discusión con los equipos técnicos, de los consensos mínimos alcanzados por la Comisión creada por el Ministerio de Infraestructura Provincial, que esta normativa da solución a todas las instancias anteriores que impidieron el desarrollo de las inversiones del Partido de Villa Gesell;

Que, es la firme convicción del Gobierno Municipal impulsar las inversiones que promueven el crecimiento, el desarrollo de emprendimientos de calidad, el cuidado ambiental y la generación de fuentes de trabajo;

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Adhiérase en todos sus términos al Decreto Provincial Nº 3202/06,
– – – – – – – – – – –  Presupuestos Mínimos para los Códigos de Ordenamiento Urbano de los Municipios de la Costa, en protección de los Recursos Naturales, Ambientales y Ley de Forestación.- – –

 

ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –

 

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