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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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 2123/07

                         FECHA DE SANCION: 03 de Diciembre de 2007.-
                        NUMERO DE REGISTRO: 1944
                        EXPEDIENTE H.C.D. Nº: E-7996/07.-

   

VISTO:

El expediente Nº 7996/07, iniciado por la Empresa El Ultimo Querandí S.R.L.; y

 

CONSIDERANDO:

Que, el Pliego de Bases y Condiciones del Servicio Público de Pasajeros establece que el Honorable Concejo Deliberante puede modificar la tarifa de los diferentes ramales basándose en la formula polinómica incluída en el Artículo 12º del mismo;

Que,  se ha cotejado el estudio de costos presentado por la Empresa;

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1°: Establézcase  la tarifa del Servicio Público de Pasajeros de Villa
– – – – – – – – – – – – Gesell, el que pasara a costar de acuerdo a lo establecido en el siguiente cuadro:

 

Boleto Período
16 – 03  al 14 – 12 15 -12 al 15 – 03
Único 1,40 1,80
Secundario 0.20 0.20
Primario 0.10 0.10
Mar Azul 1,60 1,90
Cementerio 1,50 1,50

 

ARTICULO 2º: Deróguense las Ordenanzas Municipales Nº 2009/05 y 2091/07.
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ARTICULO 3º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –

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