Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2309/10
FECHA DE SANCIÓN: 19 de Julio de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2131
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-8852/10.-
VISTO:
El Expediente Nº 8852/10, sobre incorporar datos a nombres de calles en los llamados señalética de indicadores de calles; y
CONSIDERANDO:
Que, muchas calles tienen la denominación de personas ilustres y/o que han resaltado, con su accionar, valores significativos de la vida comunitaria;
Que, quienes han sido elegidos para llevar el nombre de una calle de Villa Gesell, deben ser altamente reconocidos, a tales efectos, es oportuna la indicación de la actividad, profesión u otra en la cual se han desarrollado.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: En los nomencladores catastrales, comúnmente llamados señalética de
——————- indicadores de calles, en la localidad de Villa Gesell, que hayan sido denominados con nombres de personas mediante Ordenanza, indíquese además de su nombre y apellido, la actividad, profesión u oficio por el cual ha sido destacado. (ANEXO I).—
ARTICULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal regularizar la
——————- presente Ordenanza en el tiempo que estime conveniente .—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—