Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

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2321/10

                               FECHA DE SANCIÓN: 17 de Agosto de 2010.-
                               NUMERO DE REGISTRO: 2143
                               EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8907/10.-


VISTO:

              El Expediente Nº 8907/10 y lo informado en el expediente municipal nº 3368/10 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que, el Señor GHERSI, Justo Tomas  (Fallecido) fue adjudicatario mediante Decreto Nº 294 de 1983 de la vivienda construida indicada catastralmente como VI-B-17g-13 del plan denominado “Familias geselinas de escasos recursos” y en virtud a lo dictaminado a folio 8 por la Dirección de Asesoría  Legal y Técnica, donde se solicita la realización de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la  Provincia de Buenos Aires.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-B-17g-13
——————-   del Plan “Familias geselinas de escasos recursos” a la Sra. MONTENEGRO, Nilda Aurora DNI: 06.517.347 por haber estado conviviendo con el Sr. GHERSI, Justo  en el inmueble adjudicado a la fecha de su fallecimiento.—

ARTICULO 2º:  A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la
——————-  condición social de la vivienda donde habitó el fallecido y la adjudicataria actual en su carácter de vivienda única y permanente.—


ARTICULO 3º
:  La titular mencionada en el Artículo 1º es a simple titulo de principal
——————–  jefa del grupo familiar, siendo beneficiarios ambos cónyuges o concubinos que conformen el grupo familiar .—

ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

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