Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2627/15
FECHA DE SANCIÓN: 15 de Diciembre de 2015.-
NUMERO DE REGISTRO: 2462
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-10376/15.-
VISTO:
El dictado de la Ordenanza Municipal 2591 que convalida el convenio registrado bajo nº 001 0987 2015; y
CONSIDERANDO:
Que el convenio convalidado se ha incurrido en un error al consignar el monto del subsidio solicitado, al decir $2.442.821,53 cuando debiera decir $ 2.443.412,40; monto este ultimo que es solicitado por el Intendente Municipal en concepto de subsidio, conforme se acredita con nota que en copia se acompaña.-
Que debido a ello hasta el presente no se ha girado el dinero al Municipio siendo necesario para ello el dictado de una nueva Ordenanza Municipal;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Facultase al Departamento Ejecutivo a firmar un convenio con
——————- la Subsecretaria Social de Tierras, Urbanismo y Viviendas de la Provincia de Buenos Aires en el marco del programa de financiamiento para Infraestructura de redes publicas domiciliarias e intradomiciliarias de servicios básicos, obras complementarias y/o equipamiento comunitario por la suma de Pesos Dos millones cuatrocientos cuarenta y tres mil cuatrocientos doce con cuarenta centavos ($ 2.443.412,40.-).—
ARTICULO 2º: Deróguese la Ordenanza Municipal 2591/15.—
ARTICULO 3: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—