image001

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

2016 – Año del Bicentenario

2671/16

FECHA DE SANCIÓN: 17 de Octubre de 2016.-
                              NUMERO DE REGISTRO: 2508
                              EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-10761/16.-

VISTO:

La inminente fecha de remate establecida para el edificio del ex Acuario de Villa Gesell el día 21 de Noviembre de 2016; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que existe una iniciativa ciudadana de recuperación y puesta en valor del edificio histórico del ex Acuario;

Que las iniciativas que velan por la protección de nuestro Patrimonio Histórico e identitario corresponde sean fuertemente respaldadas y acompañadas en su desenvolvimiento por parte del Estado Municipal en su conjunto;

Que este Honorable Concejo Deliberante ha venido dando muestras de su compromiso en acompañar la iniciativa sobre el ex Acuario. Así con fecha de sanción 1º de septiembre de 2014 se encuentra en vigencia la Ordenanza nº 2548 que declara de Interés Patrimonial Histórico, Cultural, Arquitectónico y Turístico al edificio denominado ACUARIO DE VILLA GESELL y prohíbe la demolición total o parcial y/o modificación en la estructura original de dicho edificio, condiciones ambas que mediante gestiones del Honorable Concejo Deliberante ante el Registro de la Propiedad inmueble de la Provincia de Buenos Aires. Se consigue consten en el informe de dominio de dicha propiedad consolidándose de esta manera una conservación efectiva del mencionado patrimonio;

Que mediante Resolución sancionada el 1º de Agosto de 2016, este Honorable Concejo Deliberante ha manifestado acompañar la decisión de la recuperación del espacio del ex Acuario, la cual debe ser gestionada por el Intendente Municipal ante quien corresponda;

Que se requiere la autorización expresa de este Cuerpo a los fines que el Intendente Municipal pueda celebrar los acuerdos necesarios con el Banco de la Provincia de Buenos Aires y los titulares del dominio de la propiedad con el objeto que dicha propiedad pueda pasar a formar parte del Patrimonio Municipal.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N   Z  A

 

ARTICULO 1º:  Autorizase al Intendente Municipal a celebrar los acuerdos necesarios
——————-  con el Banco de la Provincia de Buenos Aires y con los titulares del dominio de la propiedad a los fines que el Edificio del Ex Acuario de Villa Gesell, ubicado en Circ. VI, Secc. G, mza. 7, Parcela 1b, pase a formar parte del Patrimonio Municipal Cultural e Histórico.—

 

ARTICULO 2º: Establézcase que los acuerdos que se puedan llegar a suscribir tanto con
——————-  el Banco como con los herederos deben ser ad-referendum de este Concejo Deliberante y que los mismos deberán ser girados para su convalidación a este H.C.D..—

 

ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Share This