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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2016 – Año del Bicentenario

2692/16

                            FECHA DE SANCIÓN: 21 de Noviembre de 2016.-
                            NUMERO DE REGISTRO: 2530
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-10420/16.-

 

VISTO:  

               El Expediente Letra B 10420/16 ; y

 

CONSIDERANDO:

Que la competencia tiene características internacionales y las empresas de cuatris, motos y accesorios montan carpas de promoción y ventas en el predio resultando beneficioso para el organizador;

 

Que existe un sector de gradas en el que se cobra su acceso preferencial, cobro que es particular de los organizadores;

 

Que de cobrarse un bono contribución en el predio  del circuito se beneficiaría la comunidad de Villa Gesell para dar respuestas a las necesidades de insumos para el Hospital por ejemplo, a las escuelas públicas de Villa Gesell, Cruz Roja, Bomberos Voluntarios;

 

Que la recaudación estaría sujeta al control por parte de una comisión mixta para transparentar los actos que surjan de este suceso.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTÍCULO 1º:  Autorícese a las instituciones mencionadas en la presente a la venta de
——————-  un BONO CONTRIBUCIÓN en el precio municipal donde se llevará a cabo la carrera del ENDURO DEL VERANO de cada año, de acuerdo a lo determinado en esta Ordenanza.—

 

ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo determinará el valor de un bono
——————-  contribución voluntario cuyo valor máximo no podrá superar los 13 módulos según el Código Tributario Fiscal vigente.—


ARTÍCULO 3º
: Las Instituciones que serán beneficiadas con la presente son la
——————- Asociación Cooperadora del Hospital Municipal de Agudos “Arturo Illia”, la Cruz Roja Argentina, filial Villa Gesell y las asociaciones de Cooperadoras Escolares –- Villa Gesell, esta última destinará en partes proporcionales a cada Asociación Cooperadora de Villa Gesell.—

 

ARTÍCULO 4°: Queda la Secretaría de Turismo de la Municipalidad de Villa Gesell
——————-  autorizada a:

  1. A) reglamentar la presente junto a las instituciones a los que se les destinará lo recaudado
  2. B) efectuar las impresiones de bonos y personal, sean de cada Institución enumerada en el artículo precedente en cabinas u oficinas céntricas asignadas a la misma, en los días previos, tal como se hace en la Fiesta de la Diversidad Cultural con la Paella de la Amistad o en la Chocogesell o en el momento de desarrollarse el espectáculo ENDURO DEL VERANO
  3. promocionarlo en cada gacetilla de difusión en todo los Medios.
  4. D) Y toda otra acción que beneficie los fines de la presente

 

ARTÍCULO 5 º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

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