Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2016 – Año del Bicentenario
2702/16
FECHA DE SANCIÓN: 19 de Diciembre de 2016.-
NUMERO DE REGISTRO: 2545
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-10836/16.-
VISTO:
La realización de la primera reunión de la Mesa de Violencia Familiar realizada el 25 de Noviembre próximo pasado; donde se omitió a las Organizaciones no Gubernamentales afines a la temática; y
CONSIDERANDO:
Que la convocatoria fue realizada en el marco de la Ley 12569, el Decreto Reglamentario nº 2875/05 y la Ordenanza 2654/16;
Que, no se ha tenido en cuenta que el Decreto 436/15, modifica el anexo I del Decreto nº 2875/05 Reglamentario de la Ley 12569 y que en dicha modificatoria, el Articulo 4º “Integrantes de las Red Provincial”, en su inciso e) menciona “Las organizaciones no Gubernamentales de recorrida trayectoria en la atención de la violencia familiar y las redes locales y regiones que éstas conformen”.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modifíquese el contenido del Artículo 2º de la Ordenanza 2654/16:
——————– “ARTICULO 2º: Confórmese la MESA LOCAL DE VIOLENCIA FAMILIAR, la cual estará integrada por representantes municipales de las Secretarias de Desarrollo Social, de Salud, de Seguridad, Representantes de la Policía Provincial, Juzgado de Paz, Juzgado de Garantías, Fiscalía, CPA y Organizaciones no Gubernamentales afines a la problemática. Pudiendo también intervenir en la misma representantes de otras áreas municipales, profesionales, organizaciones políticas, religiosas y otras que así lo soliciten”.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—