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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

 

2708/17

                                 FECHA DE SANCIÓN: 30 de Enero de 2017.-
                                NUMERO DE REGISTRO: 2551
                                EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-10846/17.-

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 


ARTÍCULO 1º:
Modifícase el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 2283/09  el que
——————-   quedará redactado de la siguiente manera:

 

                             “ARTICULO 9º: INFRACCIONES A DISPOSICIONES DE OBRAS PUBLICAS Y PARTICULARES:

 

Ítem Valores en MULT
1.     Por no ejecutar el cerco de obra reglamentario 400
2. De producirse derrumbes parciales o totales derivados de las construcciones o de negligencia del constructor o personal a su cargo 10000
3. Cuando se comprobase falsificación adulteración o prestación o firma de profesional o la del propietario  

1000

4. De no acatarse una orden de paralización de una obra, por día  

600

5. Por iniciar la construcción de una obra nueva, ampliación o refacción sin debida autorización de los planos, se dispondrá la inmediata paralización de la obra, impondrá al propietario y al profesional responsable

Multa mínima por m2

Máxima por m2

 

 

 

 

 

10

40

 

  1. Por ejecutar una obra sin contar con la autorización o la aprobación de los planos Municipales se aplicarán las siguientes multas:

 

Viviendas unifamiliares:

No abonarán multa hasta 70 m2, por cada metro excedente abonarán las multas de los incisos I, II y III.

Por metro cuadrado, densidad y excedido: Las zonas comprendidas serán del Código de Zonificación:

 

  1. para Villa Gesell: REE, R1B, SUR, C1, C2, C3, C4, CD, C1E, C5, P3, P3E, RE, R1AE, C23; para Mar de las Pampa: RM, RC1, RC1E, C1, RH1E y para Mar Azul: HM, CT, CTA:

 

a)     Por metro cuadrado sin permiso por m2 200
b) Por exceso de FOS 200
c) Por exceso de densidad 200
d) Por exceso de FOT 400
e) Por invasión de retiros 400

 

  1. para Villa Gesell: R3, R4, R3 SUR, RE1, RE1E, R2E,: para Mar de las Pampas: RM1E, RC2, RH2E, RUE y para Mar Azul: SR, C1A, CA, RMB:

 

b)    Por metro cuadrado sin permiso por m2 60
b) Por exceso de FOS 60
c) Por exceso de densidad 60
d) Por exceso de FOT 140
e) Por invasión de retiros 140

 

III. para Villa Gesell: R8 R2, R5, R3;  para Mar de las Pampas:  RU y para Mar Azul: RVU y RVP:

 

7. Por no ejecutar instalaciones eléctricas, mecánicas otras en condiciones de seguridad  

1000

8. Por no ejecutar encofrados en condiciones de seguridad 600
9. Por ejecutar pasiones en la vía pública y linderos o falta de limpieza de obra  

200

10. Por no tener una obra en ejecución el correspondiente cartel indicador del nombre del profesional, responsable y el número de expediente municipal por el cual se aprobó el correspondiente plano y la presentación de la documentación de la Ordenanza 961  

 

 

 

200

 

Aplicación: Las multas correspondientes surgirán de la sumatoria de las infracciones constatadas y se aplicarán sobre las superficies motivo de la infracción que correspondan, en el caso de presentación voluntaria o espontánea las multas a aplicarse se reducirán en un cincuenta por ciento (50%)”.—

 

ARTICULO 2º: Fijase el valor del MULT en la suma de UN (1) MODULO de acuerdo
——————- a lo establecido en la Ordenanza 2156/08 Código Tributario. El MULT será actualizado conforme se modifique el valor del MODULO que a la fecha es de Pesos DOS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 2,92).—

 

ARTICULO 3°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

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