Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2714/17
FECHA DE SANCIÓN: 23 de Febrero de 2017.-
NUMERO DE REGISTRO: 2557
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-10862/17.-
VISTO:
El convenio acompañado por el Departamento Ejecutivo Municipal a fs. 2, 3 y 4 del Expediente D-10862/17; y
CONSIDERANDO:
Que, la solicitud del Intendente de convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante de dicho convenio suscripto con el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) obrante en el presente expediente;
Que, dicho convenio resulta beneficioso para el Municipio de Villa Gesell en cuanto posibilita un amplio marco de la colaboración por medio del cual el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible y el Municipio adoptaran y arbitraran acciones dirigidas a mejorar la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en el Partido de Villa Gesell;
Que, entre dichas acciones se cuentan planificar de manera adecuada y coordinada la erradicación de la disposición irregular de residuos sólidos urbanos que genera consecuencias negativas en el ambiente, la salud y la calidad de vida de la población y la adopción de un Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos por parte del Municipio que tienda a implementar progresivamente una gestión ambientalmente sustentable de los residuos que genera la comunidad geselina considerándolos y gestionándolos como recursos con posibilidad de inserción en el circuito productivo, erradicando de esta manera la práctica del arrojo en basurales a cielo abierto dentro y fuera de la jurisdicción del Partido, con la finalidad ultima de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos a través de la instrumentación de políticas de Estado activas que sirvan para mejorar el ambiente en el que vivimos.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Convalidase el Convenio Nº 001-067-2017 suscripto entre la
——————- Municipalidad de Villa Gesell y el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) obrante a fs. 2, 3 y 4 del Expediente Letra D-10862/16.—-
ARTICULO 2º: Gírese al Honorable Concejo Deliberante el diagnóstico final
——————– de acuerdo a la Cláusula Segunda del Convenio señalado en el Artículo 1°de la presente.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—