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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2746/17

                              FECHA DE SANCIÓN: 21 de Septiembre de 2017.-
                              NUMERO DE REGISTRO: 2593
                              EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-11094/17.-

 

VISTO:

El Decreto Ley Nº 9.573/80 de la Provincia de Buenos Ares, el acta de Unidad de Gestión Nº 12 celebrada entre la Secretaría de Vivienda y Hábitat del Ministerio del Interior Públicas y Vivienda  de la Nación y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, lo informado por la Directora de Hábitat de la Municipalidad de Villa Gesell y lo solicitado por el Intendente Municipal; y

CONSIDERANDO:

La necesidad de reconducir los convenios con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires a efectos de finalizar las 254 viviendas que se encuentran paralizadas en el Municipio de Villa Gesell.

Que, a tales efectos, desde el Departamento Ejecutivo se iniciaron diferentes acciones para la reactivación de la mismas buscando canales de información que permitan llevar adelante el proceso de manera eficiente, realizando los procedimientos administrativos adecuados a tal fin.

Que, para ello, en marzo de 2016 se elevó a la Dirección Nacional de Políticas Habitacionales de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda el informe sobre el estado constructivo de las viviendas en cuestión, dando inicio al trámite de reconducción de los convenios paralizados.

Que, posteriormente, el Departamento Ejecutivo mediante Decretos Nº 1436, 1437, 1438, 1439, 1440, 1441, 1442 y 1443 rescindió los contratos con las empresas contratistas Carpintería Merlo S.R.L, Madaki S.A y Redantel S.A, a fin de continuar con los trámites pertinentes para la reactivación de las Obras.

Que mediante nota del 26 de Septiembre del 2016 el Departamento Ejecutivo se adhirió a la Resolución Nº 61/16 del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación.

Que por su parte la Secretaría de Vivienda y Hábitat del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires suscribieron un Convenio Marco de Colaboración a efectos de la construcción de viviendas y urbanización de barrios vulnerables en la Provincia de Buenos Aires.

Que, a tales efectos, los mencionados constituyeron una Unidad de Gestión a efectos de analizar la viabilidad técnica y financiera de cada uno de los proyectos que se ejecutaran.

Que, asimismo, el 6 de Octubre del 2016 se suscribió entre la Secretaría de Hábitat y Vivienda de la Nación y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires el Convenio Particular para la reactivación, ejecución y finalización de diferentes proyectos de viviendas paralizados.

Que, en ese marco, la Unidad de Gestión acordó suscribir el Proyecto Nº 21 “Terminación de 254 Viviendas en Villa Gesell” correspondiente al ACU 1257/2009, dado de baja por Resolución 61.

Que dicho acuerdo obra en copia a fs. 8 y 9 del presente expediente.

Que en dicho acuerdo, se indica que el aporte monetario necesario para dicha finalización asciende a pesos 152.661.627,20 el cual será provisto por el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación.

Que suscripto el convenio mencionado y acordada la financiación de las viviendas, el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires ha solicitado que este Honorable Concejo Deliberante autorice al Sr. Intendente Municipal a suscribir el acuerdo modelo que se encuentra agregado a fs. 3 – 7 del presente expediente.

Que en dicho convenio el Instituto de la Vivienda se compromete a prestar asistencia Técnica y Financiera al proyecto denominado “Terminación de 254 viviendas de un total de 346 en la localidad de Villa Gesell” aportando la financiación anteriormente indicada. Se indica también, de qué manera será reintegrado el monto mencionado por los pre-adjudicatarios, establece un mecanismo de garantía por incumplimiento, determina la responsabilidad sobre el equipo técnico, planos de subdivisión y los requisitos para el acceso a una vivienda social.

Que es de extrema necesidad la finalización de las viviendas en cuestión dado el déficit con el que cuenta la ciudad de Villa Gesell y teniendo en cuenta el grado de deterioro que mantienen.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Autorízase  al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el
——————- convenio con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de la reactivación, ejecución y finalización de 254 viviendas en el Municipio de Villa Gesell, que se agrega como parte integrante de la presente.—

ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

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