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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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 1918 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria – 2018

2789/18

                                            FECHA DE SANCIÓN: 7 de Mayo de 2018.-
                                            NUMERO DE REGISTRO: 2645
                                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-11098/17.-

 

VISTO:
El Expediente D-11098/17; y

 

CONSIDERANDO:

Que de las tramitaciones administrativas se desprende que el Señor Rubén Mario Lezcano,  titular de la Cuenta Municipal 862303X, correspondiente al inmueble identificado catastralmente como  VI-A-338-4-3, solicita se condone la deuda del ejercicio  fiscal 2016;

Que, en las actuaciones ante el Departamento Ejecutivo que constan en el expediente el Señor Rubén Mario Lezcano, acredita su situación mediante informe socio económico de la Secretaría de Acción Social,

Que, el Articulo 88º del Código Tributario establece los lineamientos generales para que el Departamento Ejecutivo otorgue eximiciones de pago de tasas a Jubilados y Pensionados, requisitos acreditados por el solicitante, durante el ejercicio en curso de acuerdo a la manda del Art. 40 de la LOM;

Que,  la Ley 14048 faculta a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a condonar hasta la totalidad del capital, como así también los intereses de las tasas municipales cuando razones sociales así lo justifiquen y siempre que se contare para ello con la aprobación por Ordenanza de los respectivos Honorables Concejos Deliberantes;

Que, el Honorable Tribunal de Cuentas mediante dictamen del 2 de Mayo de 2016 y en relación a la competencia del Honorable  Concejo Deliberante para realizar condonaciones de deudas ha sostenido este lineamiento al señalar que “.. los Municipios pueden condonar deudas en el marco de las facultades concedidas a los Concejos Deliberantes por el Art. 56 de la LOM, ante pedidos expresos de contribuyentes debidamente fundados en razones socioeconómicas.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Condonase la deuda para el Ejercicio Fiscal 2016 de la Cuenta Municipal 862303X,
——————-  correspondiente al inmueble identificado catastralmente como  VI-A-338-4-3  titular de la cuenta Rubén Mario Lezcano.—

ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

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