Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1918 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria – 2018
2804/18
FECHA DE SANCIÓN: 18 de Junio de 2018.-
NUMERO DE REGISTRO: 2660
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-12170/18.-
VISTO:
El Expediente D-12170/18, elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que, la Profesión de Martilleros y Corredores Públicos son consideradas profesiones liberales de acuerdo a la Ley 25.028 y el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación;
Que, las profesiones liberales para poder ejercerla solo necesita de un título universitario habilitante y estar colegiado, es decir, contar con matrícula otorgada por Colegios profesionales reconocidos oficialmente o autoridad facultada para ello;
Que, las profesiones liberales y ante esta colegiación quedan exentas de pagar habilitación comercial para desarrollar su profesión;
Que, ante esta modificación y el pedido realizado por los Martilleros y Corredores Públicos de nuestra localidad, se debe adecuar al régimen Municipal a esta nueva Legislación Nacional.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: DEROGASE la Ordenanza N° 2313/10.—
ARTICULO 2°: EXCEPTUESE de obligatoriedad de habilitación comercial de sus espacios profesionales
——————– a los Martilleros y Corredores Públicos de nuestro Partido, en un todo de acuerdo a lo establecido en el nuevo Código Civil y Comercial, que encuadra a las mencionadas en igualdad profesional con el resto de las profesiones liberales.—
ARTICULO 3°: Los Martilleros y Corredores Públicos deberán presentar copia certificada del título
——————– universitario o asimilable a la profesión establecido en el Artículo 3° de la Ley N° 25.028 e inscripción en la matricula respectiva en los casos que corresponda ante la Dirección de Comercio Municipal.—
ARTICULO 4°: DEJASE establecido que los Martilleros y Corredores Públicos no estarán exentos del pago
——————– de los derechos por publicidad correspondiente.—
ARTICULO 5°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—