Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1918 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria – 2018
2846/18
FECHA DE SANCIÓN: 1º de Noviembre de 2018.-
NUMERO DE REGISTRO: 2702
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-12368/18.-
VISTO:
El Expediente Municipal Nro. 4124-4952/2018 por el cual se suscribieron los Contratos registrados por la Municipalidad de Villa Gesell bajo los Nros. 01-547-2018, 01-549-2018, 01-550-2018, 01-551-2018, 01-552-2018, 01-553-2018, 01-554-2018, 01-555-2018, 01-556-2018, 01-557-2018, 01-558-2018, 01-559-2018, 01-560-2018, 01-561-2018, 01-562-2018, 01-563-2018, 01-564-2018, 01-565-2018, 01-566-2018, 01-567-2018, 01-568-2018, 01-569-2018, los informes de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, de la Secretaría de Hacienda, de la Secretaría de Salud y de la Jefatura de Gabinete, de los informes emanados de la Asesoría Legal y de la Contaduría Municipal al respecto; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante los contratos aludidos se convino con las prestarías del Servicio Público de Telefonía Celular habilitadas para la República Argentina por el Ente Nacional de Comunicaciones – ENACOM – el alquiler de espacios públicos para la instalación de postes de Antenas de Telefonía tipo WIPCAP, conforme las especificaciones formuladas en los convenios indicados;
Que, de las negociaciones arribadas se plasma en el acuerdo que las empresas de telefonía abonaran a la Municipalidad la suma de un valor locativo de $ 8.000 mensuales los que hacen un total de $ 96.000 por año de locación;
Que, el contrato indica que las prestatarias abonaran por adelantado cinco años de locación del especio publico posibilitando un ingreso de $ 480.000 por sitio locado el cual se recaudará por la Tesorería Municipal dentro de los 90 días de aprobados estos convenios por el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa Gesell;
Que, el total de sitios incluidos en los mismos son los siguientes:
Empresa | Sitios locados | Derechos anuales | años | Total |
Claro | 20 | 96.000,00 | 5 | 9.600.000,00 |
Personal | 20 | 96.000,00 | 5 | 9.600.000,00 |
Movistar | 13 | 96.000,00 | 5 | 6.240.000,00 |
Total de Locaciones | 25.440.000,00 |
Que, conforme a los Cálculos estimados se posibilita un ingreso extraordinario novedoso no incluido en el Cálculo de Recursos de la Municipalidad de Villa Gesell por la suma de $ 25.440.000 en concepto de alquiler de espacios públicos;
Que, la Secretaría de Hacienda indica que el convenio opera directamente no constituyendo un ingreso nuevo ingresando el dinero por el Rubro Derechos de Ocupación del Espacio Público del Código Tributario;
Que, del dictamen emanado de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos se indica la posibilidad de la implantación de los postes los cuales serán dotados de características específicas urbanísticas conforme las nuevas tecnologías en comunicaciones;
Que, la ciudad tendrá una efectiva cobertura de señal celular e internet conforme los estándares de conectividad desarrollados en los países centrales e introducidos en la normativa del ENACOM;
Que, las sumas ingresadas podrían Constituir un Fondo Especifico para el inicio de la Construcción de un nuevo Hospital Publico Municipal en el predio comprendido en la Manzana **** Parcela **** conforme al Proyecto elaborado por la Secretaría de Planeamiento Obras y Servicios Públicos en conjunto con la Secretaria de Salud iniciándose con las sumas indicadas la construcción de 1.000 m2 de construcción con las normas especificas para la salud humana la cual se integrará con las construcciones existentes en el predio acompañando el Proyecto Constructivo con sus Presupuestos respectivos, Cortes y Planos;
Que, la Secretaría de Salud avala el Proyecto en función a la necesidad de desconcentrar servicios del actual nosocomio;
Que, la Contaduría indica la necesidad de aprobar la Contratación conforme a las competencias establecidas en la Ley Orgánica Municipal al Honorable Concejo Deliberante Artículos 28, 55 y 273 de la Ley Orgánica Municipal;
Que, la Dirección de Asesoría Legal indicó la posibilidad de suscribir los Convenios Específicos por cada entidad de telefonía móvil;
Que, la Jefatura de Gabinete avala lo actuado en el Expediente de referencia indicando la elevación del Proyecto de Ordenanza al Departamento Deliberativo.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Convalídase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-547-2018 entre la Municipalidad
—————— de Villa Gesell y la Empresa AMX Argentina S.A.—
ARTICULO 2º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-549-2018 entre la Municipalidad
—————— de Villa Gesell y la Empresa Telefónica Argentina S.A.—
ARTICULO 3º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-550-2018 entre la Municipalidad
——————- de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 4º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-551-2018 entre la Municipalidad
——————- de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 5º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-552-2018 entre la Municipalidad
—————— de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 6º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-553-2018 entre la Municipalidad
——————- de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A..—
ARTICULO 7º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-554-2018 entre la Municipalidad
——————- de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 8º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-555-2018 entre la Municipalidad
——————- de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 9º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-556-2018 entre la Municipalidad
——————- de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 10º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-557-2018 entre la Municipalidad
——————– de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 11º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-558-2018 entre la Municipalidad
——————– de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 12º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-559-2018 entre la Municipalidad
——————– de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 13º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-560-2018 entre la Municipalidad
——————– de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 14º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-561-2018 entre la Municipalidad
——————– de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 15º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-562-2018 entre la Municipalidad
——————— de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 16º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-563-2018 entre la Municipalidad
——————– de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 17º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-564-2018 entre la Municipalidad
——————– de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 18º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-565-2018 entre la Municipalidad
——————– de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 19º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-566-2018 entre la Municipalidad
——————– de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 20º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-567-2018 entre la Municipalidad
——————– de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 21º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-568-2018 entre la Municipalidad
——————– de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 22º: Convalidase el Contrato Municipal registrado bajo el Nro. 01-569-2018 entre la Municipalidad
——————– de Villa Gesell y la Empresa Telecom Argentina S.A.—
ARTICULO 23º: Declárase de Utilidad Pública en los términos del Artículo 59 inc. a) del Decreto Ley 6769/58
——————– la Construcción de un nuevo edificio que albergara al Hospital Municipal de Agudos, conforme lo establecido en el Artículo 28 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.—
ARTICULO 24º: Afectase el Ingreso a producir por el Canon Locativo de la suma de estimada de Pesos Veinticinco Millones Cuatrocientos Cuarenta Mil ($ 25.440.000.- ) al Proyecto definido en el Articulo 23º.—
ARTICULO 25º: Creáse en el Cálculo de Recursos del Presupuesto 2018 el Rubro 22.2.222 Construcción
——————— Nuevo Edificio Hospital Municipal con la Fuente de financiamiento 131 Fondos Municipales por la suma de de Pesos Veinticinco Millones Cuatrocientos Cuarenta Mil ($ 25.440.000.- ) .- Crease en la Estructura Presupuestaria del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018 el Proyecto identificado en la Jurisdicción Secretaría de Planeamiento Obras Servicios Públicos, Programa 41 Obras y Servicios para la Comunidad Proyecto 99 Construcción Nuevo Edificio Hospital Municipal con la Fuente de financiamiento 131 por la suma de Pesos Veinticinco Millones Cuatrocientos Cuarenta Mil ($ 25.440.000.- ).—
ARTICULO 26º: Apruébese en los términos del Articulo 41º los contratos establecidos en los Artículos 1 a 22 de
———————- la presente.—
ARTICULO 27º: Autorizase el Uso de Fondos en los términos del Articulo 273º para la Obra prevista en el
——————– Articulo 23º debiéndose efectuar las previsiones presupuestarias en las partidas con fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal en los Presupuestos Futuros por las sumas de gastos que excedan los recursos previstos en el Artículo 24º.—
ARTICULO 28º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—