Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1918 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria – 2018
2854/18
FECHA DE SANCIÓN: 20 de Noviembre de 2018.-
NUMERO DE REGISTRO: 2718
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-12435/18.-
VISTO:
El Expediente D-12435/18, iniciado por el Departamento Ejecutivo sobre la Licitación 07/18, para la Adquisición Provisión y Transporte de Barandas Metálicas para Exterior, Rectas y Curvas para ser utilizadas en las Obras denominadas tratamiento de la Av.3 entre los paseos 105 y 106 y tratamiento de la Av 3 entre los Paseos 140 y 141 de la localidad de Villa Gesell de acuerdo con lo establecido en la ordenanza 2818/18; y
CONSIDERANDO:
Que, según consta en la Ordenanza 2818/18 la cual establece en su artículo 2º incisos 3 y 4, tratamiento de la Av.3 entre los Paseos 105 y 106 y tratamiento de la Av. 3 entre los Paseos 140 y 141;
Que, consta en el Expediente el cumplimiento de los requisitos administrativos necesarios para aceptar la oferta;
Que, obra en el expediente el dictamen suscripto por los miembros de la comisión de pre-adjudicación y el acto administrativo en el que el Intendente Municipal solicita autorización para adjudicar la licitación pública al oferente que cumple con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones;
Que, la Oferta presentada es evidentemente conveniente para la comuna y en atención a lo indicado en el Art. 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Art. 187º del reglamento de Contabilidad de la Provincia de Buenos Aires, la aceptación de la oferta debe ir acompañada de la convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizase a adjudicar la Licitación Pública Nº 07/18, para la Adquisición Provisión y
—————— Transporte de Barandas Metálicas para exterior, rectas y curvas para ser utilizadas en las Obras denominadas, tratamiento de la Av.3 entre los Paseos 105 y 106 y tratamiento de la Av.3 entre los Paseos 140 y 141 de la localidad de Villa Gesell, en el marco del Plan de Contribución de Mejoras establecido mediante la Ordenanza 2818/18, por la suma de $ 2.375.750 ( Dos Millones Trecientos Setenta y Cinco mil Setecientos Cincuenta) a la empresa Dipo Equipamiento Urbano S.R.L.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—