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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

 

 1918 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria – 2018

2868/18

                             FECHA DE SANCIÓN: 20 de Noviembre de 2018.-
                             NUMERO DE REGISTRO: 2727
                             EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-12381/18.-


VISTO:

El expediente 12381/18, que propone modificaciones a la Ordenanza 2283; y


CONSIDERANDO:

Que resulta necesario actualizar los MULT  del Art. 3º de la citada Ordenanza.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Modifíquese el Artículo 3º de la Ordenanza 2283, el que quedará
——————-  redactado de la siguiente forma:

Artículo 3º: INFRACCIONES DE TRÁNSITO: Por las contravenciones que a     —————— continuación se detallan, se abonará el valor equivalente en pesos al numero de MULT que se detallan:

1.- Por lavar vehículos en la vía pública: 300mults.

2.- Por desacato a la autoridad, agresión o intento de agresión, amenaza, insultos, intento de fuga o fuga: 1000 MULT.-

3.- Por contravenir cualquier otra norma de transito contemplada en la Ley Nacional 24.449 y la ley Provincial 13927 y/o otra norma que las sustituya: 600 MULT.-

4.- Por circular o estacionar vehículos de cualquier tipo, por las zonas de playa no permitidas: 2000 MULT.-

En casos de reincidencia el valor se fijará en 5000 MULT.-

5.- Por acampar o estacionar permanentemente casas rodantes, trailers o similares en lugares destinadas al efecto: 1000MULT.—————————————————-


ARTICULO 2º
:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

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