Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1918 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria – 2018
2868/18
FECHA DE SANCIÓN: 20 de Noviembre de 2018.-
NUMERO DE REGISTRO: 2727
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-12381/18.-
VISTO:
El expediente 12381/18, que propone modificaciones a la Ordenanza 2283; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario actualizar los MULT del Art. 3º de la citada Ordenanza.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modifíquese el Artículo 3º de la Ordenanza 2283, el que quedará
——————- redactado de la siguiente forma:
Artículo 3º: INFRACCIONES DE TRÁNSITO: Por las contravenciones que a —————— continuación se detallan, se abonará el valor equivalente en pesos al numero de MULT que se detallan:
1.- Por lavar vehículos en la vía pública: 300mults.
2.- Por desacato a la autoridad, agresión o intento de agresión, amenaza, insultos, intento de fuga o fuga: 1000 MULT.-
3.- Por contravenir cualquier otra norma de transito contemplada en la Ley Nacional 24.449 y la ley Provincial 13927 y/o otra norma que las sustituya: 600 MULT.-
4.- Por circular o estacionar vehículos de cualquier tipo, por las zonas de playa no permitidas: 2000 MULT.-
En casos de reincidencia el valor se fijará en 5000 MULT.-
5.- Por acampar o estacionar permanentemente casas rodantes, trailers o similares en lugares destinadas al efecto: 1000MULT.—————————————————-
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—