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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1919 – Año del Centenario del Nacimiento de Eva Perón – 2019

2913/19

                                  FECHA DE SANCIÓN: 5 de Julio de 2019.-
                                  NUMERO DE REGISTRO: 2772
                                  EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D- 12650/19.-

 

VISTO:

               El Expediente D-12650/19, iniciado por el Departamento Ejecutivo sobre la Licitación Privada 07/2019, “Ampliación de Equipamiento de Procesamiento y grabación en el Centro de Monitoreo para la instalación de cuatro cámaras y la adquisición de un sistema de Lectura de Patentes para los Accesos del Partido de Villa Gesell”; y

 

CONSIDERANDO:


                        Que, consta en el expediente el cumplimiento de los requisitos administrativos necesarios para aceptar la oferta;                 
                                      Que, obra en el Expediente el dictamen suscripto por los miembros de la comisión de pre-adjudicación y el acto administrativo en el cual el Intendente Municipal solicita autorización para adjudicar la licitación privada al oferente que cumple con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones;

                          Que, la Oferta presentada es evidentemente  conveniente para la comuna y en atención a lo indicado en el Art. 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Art. 187º del reglamento de Contabilidad de la Provincia de Buenos Aires, la aceptación de la oferta debe ir acompañada de la convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante.-

                        

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Autorizase a  adjudicar  la  Licitación  Privada  Nº 07/2019, para la 
——————– adquisición  de “Equipamiento de Procesamiento y grabación en el Centro de Monitoreo para la instalación de cuatro cámaras y la adquisición de un sistema de Lectura de Patentes para los Accesos del Partido de Villa Gesell”  por la suma de $ 2.003.505,00 (Pesos Dos Millones tres mil Quinientos Cinco) al Grupo VICNET SRL. en cumplimiento del Art. 155º de la Ley Orgánica de Municipalidades por ser su oferta única.—

ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

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