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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1919 – Año del Centenario del Nacimiento de Eva Perón – 2019

2930/19

FECHA DE SANCIÓN: 21 de Octubre de 2019.-
                            NUMERO DE REGISTRO:  2788
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-12683/19.-

VISTO:

  El Expediente 12683 mediante el cual el Bloque UNA solicita la creación de una calle colectora en predio Municipal; y

CONSIDERANDO:

    Que, es necesario agilizar el tránsito off road, o fuera de la ruta, entre el predio “Dunas del norte”, cuyo  acceso habitual es en Ruta 11 kilómetro 408 y la planta urbana de Villa Gesell, dado que hoy carece de orden, indicación o señalización adecuada de ingreso al mismo;

                                  Que, se debería marcar, delinear u obligar un tránsito a un determinado lugar entre el predio  municipal, donde se ubica en el circuito en el que se desarrolla el “Enduro del verano” y la planta urbana, debido al movimiento que la actividad genera no solo en los meses de temporada alta, sino en el resto del año.

                        Que, habría que darle seguridad y orden al tránsito por medio de una calle que conserve las características topográficas del lugar, marcando con una señalización adecuada en las dos manos, un sendero de 20 metros de ancho.

                       Que, la mencionada calle se debería unir en una calle o sendero que continúe hacia Circunvalación, paralela al límite de zona rural a lindante a 10Ae a ZET/Cc, a fin de ingresar a zona urbana. Esta medida posibilitaría la instalación de puestos de vigilancia, control e información, según las circunstancias lo requieran.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

ARTICULO 1º: Declárese de Interés Municipal la apertura de una calle paralela a la
——————— ruta 11 entre la Avenida de Acceso a la Ciudad y el predio “Dunas del Norte”, en 20 metros de ancho.—

ARTICULO 2º : Invítese a los titulares de la parcelas 10ae y 10a a ceder al fisco el     
———————  espacio afectable a ese propósito.—

ARTICULO 3º: Los gastos de obra, mensura, evaluaciones ambientales y demás         
——————— diligencias administrativas que pudieran corresponder correrán por cuenta de la Municipalidad de Villa Gesell, y serán compensados por el cesionario al momento de la presentación de los planos de subdivisión o en oportunidad que éste considere conveniente.—

ARTÍCULO 4º: La superficie cedida podrá ser compensada por los cedentes a cuenta
——————– de las que pudieran corresponder por aplicación del artículo 56º de la Ley 8.912 y artículo 7º del Decreto 3.202/06.—

ARTICULO 5º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

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