Honorable Concejo Deliberante
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2020 – Año del General Manuel Belgrano
3000/20
FECHA DE SANCION: 21 de Septiembre de 2020.-
NUMERO DE REGISTRO: 2861
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-13369/20.-
VISTO:
El expediente letra D-13369/20 iniciado por el Departamento Ejecutivo con motivo de elevar copia de convenio firmado entre Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza 2975/20 votada por este Honorable Concejo Deliberante desafectó una parcela a subdividir de la manzana 22 Sección J, de superficie un mil cuatrocientos diecisiete metros cuadrados (1.417 m2) para la construcción de un centro de salud en Monte Rincón.
Que a fojas 1 el Intendente Municipal de Villa Gesell solicita la convalidación del convenio por parte del Honorable Concejo Deliberante.
Que se adjunta copia del convenio a fojas 2-4.
Que la construcción del centro de salud en el barrio Monte Rincón ayudará a ofrecer una mejor calidad sanitaria descentralizando la atención en el hospital.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Convalídese el acuerdo alcanzado entre el Municipio y el Ministerio
——————— de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires en el convenio marco 001 495 2020 para la construcción del Centro de Salud de Monte Rincón.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—-