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Honorable Concejo Deliberante
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2020 – Año del General Manuel Belgrano

3000/20

FECHA DE SANCION: 21 de Septiembre de 2020.-
                        NUMERO DE REGISTRO: 2861
                        EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-13369/20.-

VISTO:

                  El expediente  letra D-13369/20 iniciado por el Departamento Ejecutivo con motivo de elevar copia de convenio firmado entre Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Villa Gesell; y

CONSIDERANDO:

                                Que la Ordenanza 2975/20 votada por este Honorable Concejo Deliberante desafectó una parcela a subdividir de la manzana 22 Sección J, de superficie un mil cuatrocientos diecisiete metros cuadrados (1.417 m2)  para la construcción de un centro de salud en Monte Rincón.

                      Que a fojas 1 el Intendente Municipal de Villa Gesell solicita  la convalidación del convenio por parte del Honorable Concejo Deliberante.

                      Que se adjunta copia del convenio a fojas 2-4.

                       Que la construcción del centro de salud en el barrio Monte Rincón ayudará a ofrecer una mejor calidad sanitaria descentralizando la atención en el hospital.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

ARTICULO 1º: Convalídese el acuerdo alcanzado entre el Municipio y el Ministerio
——————— de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires en el convenio marco 001 495 2020 para la construcción del Centro de Salud de Monte Rincón.—

ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—-

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