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Honorable Concejo Deliberante
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2020 – Año del General Manuel Belgrano

3040/20

FECHA DE SANCION: 9 de Diciembre de 2020.-
NUMERO DE REGISTRO: 2912
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-13563/20.-

VISTO:

                El expediente  Nº 13.563/20 iniciado por el Departamento Ejecutivo con motivo de convalidar el Decreto nº 1905; y

CONSIDERANDO:

                                  Que el Subdirector de Estrategia Habitacional y Desarrollo Poblacional solicita el pago de lo adeudado;

                                  Que conforme a lo actuado los servicios tuvieron origen en deudas de ejercicios anteriores y que conforme el procedimiento reglamentado por el Artículo 140 del Reglamento de Contabilidad el que establece que “El Departamento Ejecutivo no podrá reconocer deudas de ejercicios anteriores no registradas en la contabilidad municipal, sin previa comprobación reconocer deudas de ejercicios anteriores no registradas en la contabilidad municipal, sin previa comprobación –hecha en expediente especial- de la legitimidad del derecho invocado por el acreedor. Cumplido este paso, para abonar la deuda deberá requerir y obtener autorización del Concejo Deliberante;

                                   Que en los expedientes que se acumulan todas las constancias que posea la Comuna, autoridades, funcionarios o empleados que dispusieron el gasto, suministros, órdenes de compra y todo otro documento que permita fijar con exactitud la administración que dio origen al compromiso, como asimismo la real prestación de los servicios cuyo pago se reclama. Además se indicara la imputación que hubiere correspondido al gasto en el presupuesto del año de origen;

                                 Que cumplidos todos los requisitos precedentes se dará vista a quien haya estado a cargo del Departamento Ejecutivo en la fecha de contratación del compromiso o, en su defecto, se documentará la imposibilidad de hacerlo. Y cubiertos estos recaudos, el Departamento Ejecutivo, solicitará del Concejo Deliberante la autorización para registrar la deuda y efectuar el pago;

                                 Que en idéntico sentido ratifica el Articulo Nº 54 de las Disposiciones de Administración aprobatorias del Sistema RAFAM.-

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

ARTICULO 1º: Convalidase el Decreto Nº 1905/20 correspondiente al proveedor Nº      
———————   50435 la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MIL ($74.000).—

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

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