
3084/21
FECHA DE SANCION: 15 de Marzo de 2021.-
NUMERO DE REGISTRO: 2947
EXPEDIENTE H.C.D Nº: D-13669/21.-
VISTO:
El expediente letra D-Nº 13.669/21 iniciado por el Departamento Ejecutivo con motivo de elevar prorroga del beneficio de construcción anticipado final; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ordenanza 2772/17 se aprueba el Programa de Adjudicación de Lotes;
Que, se hace necesario prorrogar los plazos establecidos en el ítem 3 – Beneficios de construcción anticipada/final de obra del Sistema de fomento constructivo del Anexo I de la Ordenanza 2772.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Prorróguese hasta el treinta y uno (31) de agosto de dos mil
———————– veintiuno (2021) el plazo establecido en el anexo I de la Ordenanza 2772, ítem 3 – beneficios de construcción anticipada/final de obra del Sistema de fomento constructivo.—
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—