Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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FECHA DE SANCIÓN: 02 de Junio de 2014.-
NUMERO DE REGISTRO: 3936
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-9749/14.-
VISTO:
La situación de abandono por la que atraviesa la rambla costanera de nuestro Partido producto de la falta de mantenimiento; y
CONSIDERANDO:
Que, desde hace años y por cuestiones de erosión la comuna no posee más la Avenida “costanera” esto ha revalorizado la importancia de poseer una rambla en condiciones;
Que, es de vital importancia poseer una rambla prolija y acorde durante todo el año para que el turista pueda disfrutar del Paseo Costanero durante su estadía en la ciudad;
Que, el mar y sus atractivos son la cara visible de nuestra comuna y principal atractivo turístico;
Que, el material con el cual está construido necesita de constante mantenimiento.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
R E S O L U C I O N
PRIMERO: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal la asignación de personal especifico del
————- Corralón Municipal destinado al sostenimiento y mantenimiento de la rambla costanera.–
SEGUNDO: Instrumentase con respecto al personal, horarios, material de trabajo, tareas a realizar,
————- según lo determine el Ejecutivo Municipal.–