Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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FECHA DE SANCIÓN: 15 de Septiembre de 2014.-
NUMERO DE REGISTRO: 3995
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: V-9682/14.-
VISTO:
La publicidad y prácticas de manejo realizadas por la empresa JEEP en tierras fiscales de la Municipalidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que, dicha actividad se encuentra emplazada dentro del predio de propiedad municipal situado en la ruta 11 km 407, lindero al circuito municipal de motos;
Que, en el mismo se realiza una actividad comercial y publicitaria por la cual deben abonarse tasas a la Municipalidad de Villa Gesell de acuerdo al Código Tributario;
Que, con fecha 27/12/2013 se solicito al Departamento Ejecutivo Municipal la remisión de la copia del convenio por el por el cual se autorizo la utilización para prácticas y pruebas de manejo de los vehículos marca JEEP en la fracción municipal;
Que, el Departamento Ejecutivo envió a este Concejo Deliberante dos convenios, venciendo el último de ellos el día 22 de Febrero de 2014;
Que, con posterioridad a esa fecha la empresa JEEP continuó utilizando el predio y también la empresa RAM, cuya publicidad se encuentra actualmente en dicha parcela Municipal;
Que, mediante Resoluciones de fecha 16 de Junio y 21 de Julio 2014 este Concejo Deliberante solicitó información acerca de la situación en que se encuentra dicho predio, las cuales no fueron contestadas hasta la fecha;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
R E S O L U C I Ó N
PRIMERO: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal remita a este cuerpo el /los convenio/s
————- o contrato/s que hayan sido celebrados desde el inicio de la ocupación y realización de la publicidad, sea con la fábrica y/o con la importadora y/o concesionaria y/o agencia publicitaria para exhibir y realizar pruebas y prácticas de manejo de los vehículos marca JEEP y/o RAM en la fracción municipal, sita en la Ruta 11 km.407, Nomenclatura Catastral VI – R – 9.—