Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
————
FECHA DE SANCIÓN: 1º de Diciembre de 2014.-
NUMERO DE REGISTRO: 4032
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-9990/14.-
VISTO:
La obligación de dar cumplimiento a la normativa vigente que impone la publicación on line de los Decretos y actos correspondientes a Licitaciones Públicas dispuestas por el Departamento Ejecutivo Municipal y
Considerando:
Que, en el referido Decreto se determina la obligatoriedad de publicar on line los Decretos dictados por el Departamento Ejecutivo Municipal así como las diferentes instancias de las Licitaciones Públicas realizadas en el ámbito del mismo.
Que, la medida dispuesta atiende a la necesidad de dar publicidad a los actos administrativos garantizando la transparencia que los mismos deben tener.
Que, el sistema escogido representa un medio idóneo para garantizar accesibilidad a la información pública para todos y todas las personas, independientemente que vivan en Villa Gesell, resulten ser propietarios no residentes o estén interesados en conocer las disposiciones normativas necesarias para decidir eventualmente la radicación de inversiones en nuestro Municipio.
Que, la transparencia brindada en procesos licitatorios de importancia a través de la publicación on line, resulta insustituible, otorgando garantías de control ciudadano, difíciles de implementar por otro medio.
Que, la normativa legal vigente debe ser respetada, máxime cuando se trata de una autoimposición instrumentada por el propio Departamento Ejecutivo para garantizar el libre acceso a la información pública y la transparencia de los actos de gobierno.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
R E S O L U C I Ó N
PRIMERO: Requiérase al Departamento Ejecutivo Municipal, que proceda a dar inmediato
————- cumplimiento a la normativa vigente, publicando on line los Boletines Municipales y actos correspondientes a las Licitaciones Públicas desde la entrada en vigencia del Decreto que prevé dicha obligación y hasta la actualidad.—
SEGUNDO: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal, que en el futuro disponga lo necesario
————– para que el cumplimiento del Decreto ut supra indicado se realice de modo regular, permanente y sin que se dilate el plazo que medie entre la publicación del Boletín Oficial en su impresión en papel y la obligatoria publicación on line del mismo.—