Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

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                             FECHA DE SANCIÓN: 1º de Diciembre de 2014.-

                             NUMERO DE REGISTRO: 4041

                             EXPEDIENTE H.C.D. Nº_ B-10000/14.-

 

 

VISTO:

               El inicio de los operativos de fiscalización por parte de organismos provinciales y nacionales;  y

 

CONSIDERANDO:

                                 Que, el sector productivo de nuestras localidades, compuesto en su totalidad por PYMES,  atravesó un duro invierno donde las ventas y la afluencia turística se han visto fuertemente mermadas, lo cual, sumado a una inflación creciente han convertido en muy difícil la situación, no solo para los comerciantes sino para quienes terminan siendo los más castigados que son los trabajadores.

                                    Que, la proximidad de una nueva temporada alta renueva la esperanza para todos los Geselinos.

                                    Que, como viene ocurriendo desde hace varios años es la zona de la costa la elegida para poner en práctica todos los nuevos operativos de fiscalización y cambios en las reglas de juego.

                                     Que, una vez más, los comerciantes de nuestras localidades (Villa Gesell, Mar de las Pampas, Las Gaviotas y Mar Azul) deben soportar la presión fiscal que cada vez es mayor, siendo los conejitos de indias para ser requeridos, como es la nueva modalidad con la implementación de viejas resoluciones que obligan a todos los comerciantes a instalar postnet sumado al trastorno que significa el cambio de facturación para los monotributistas, todo ello a poner en funcionamiento en el inicio de nuestra corta y esperada temporada.  

                                    Que, resulta claro, que en los últimos años se ha acentuado las características represivas de los operativos, teniendo como objetivo lograr clausuras y persecución al comercio, en lugar de proteger a las PYMES y colaborar con el mantenimiento de las fuentes de trabajo.

                                     Que, los operativos recaen siempre sobre los sectores más estables y que llevan años radicados en nuestra comunidad, y fracasan absolutamente en perseguir el denominado comercio golondrina,

                                      Que, a pesar de los reclamos de las instituciones intermedias se observa con preocupación la reiteración de conductas como el acoso por parte de los organismos que ponen plazos ridículos de cinco días para el cumplimiento de sus exigencias , la falta de respeto hacia el contribuyente ya sea en la forma en que se dirigen, los horarios en que se presentan o las descalificaciones que realizan al pretender livianamente calificar su conducta, los preconceptos que se manejan cuando se pretende calificar a un sector dinámico y productivo como este, poco menos que de un grupo de comerciantes temerarios que lo único que les importa es esquilmar a sus clientes.

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

                                   

    R  E  S  O  L  U  C  I  O  N

PRIMERO:Solicitase a las distintos organismos recaudadores y de fiscalización (AFIP, ARBA,

————–  Ministerio de Trabajo de la Nación, Subsecretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires) consideren flexibilizar la presión que realizan a través de las inspecciones y requerimientos a los comerciantes de nuestro partido, teniendo en cuenta que el cumplimiento de determinados requisitos se vuelve prácticamente imposible en tan corto plazo. En especial:

–         Se prorrogue la fecha de inicio de la exigencia de obligatoriedad del

          postnet a los comercios ubicados en nuestro Partido, para aquellos que

          al presente no lo posean, y se suspenda su entrada en vigencia hasta el

          15 de Marzo de 2015.

–         Se evite realizar las inspecciones y requerimientos en los horarios que

          resultan de mayor afluencia de público.

–         Se coordine el accionar de los distintos organismos a fin de realizar

          visitas conjuntas y simultáneas al mismo contribuyente.

–         Se realicen los procedimientos del caso con mesura y comprensión de

          la realidad económica de los comerciantes locales.

–         Se otorguen plazos para el cumplimiento de la información acordes a l

          los que corresponden a una correcta fiscalización

 

 

 

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