Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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FECHA DE SANCIÓN: 20 de Abril de 2015.-
NUMERO DE REGISTRO: 4072
EXPEDIENTE H.C.D Nº: B-10107/15.-
VISTO:
La necesidad de contar con artículos de limpieza en las áreas municipales
CONSIDERANDO:
Que se tiene conocimiento, por dichos de personas que asisten al Hospital a atenderse;
Que se tiene conocimiento la falta de higiene por falta de artículos de limpieza en distintas áreas descentralizadas de la sede central del municipio;
Que el mismo Personal Municipal, responsable de la limpieza está comprando artículos de limpieza, tales como lavandina, trapos de piso y desinfectantes dado que no le entregan ni reponen dichos artículos.
Que existen áreas muy sensibles de contagio, tales como consultorios externos ya sea en el Hospital o en los Centros de Salud, en los baños del Polideportivo, en los baños de cada dependencia de Cultura y Educación que son propicios de transmitir enfermedades a través de sus inodoros y lavabos.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
R E S O L U C I Ó N
PRIMERO:Solicítase al Sr. Intendente Municipal, a través del área pertinente, arbitre los medios
————- para dar solución al problema de falta de artículos de limpieza para higienizar baños, cocinas y consultorios médicos a los efectos de prevenir contagios de enfermedades producto de la falta de higiene.—