Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

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                              FECHA DE SANCIÓN: 4 de Septiembre de 2017.-
                              NUMERO DE REGISTRO: 4486
                              EXPEDIENTE H.C.D. Nº: 9899/14  B-11066/17.-

 

VISTO:

              El Expediente C-9899/14 y B-11066/17, y

 

CONSIDERANDO:

                                  Que, mediante los expedientes mencionados en el visto se plantean diferentes circunstancias en relación a la necesidad de actualizar el Código de Ordenamiento Urbano de Villa Gesell;

Que, mediante la Ordenanza 2051 se aprobó el Código de Ordenamiento Urbano de la Ciudad de Villa Gesell, en adelante denominado “COU”;

Que,  el mencionado C.O.U rige y alcanza todos aquellos asuntos relacionados directa o indirectamente con el  uso de suelo, edificios, estructuras e instalaciones, la apertura y ensanche de calle, subdivisión y englobamiento de parcelas, los volúmenes edificables y todos aquellos aspectos que tengan relación con el desarrollo y ordenamiento urbanístico del Partido de Villa Gesell;

Que, la Ordenanza mencionada indica que la autoridad de aplicación es el Departamento Ejecutivo mediante la Secretaría de Planeamiento Obras y Servicios Publico y entre sus funciones se encuentra la de proponer cada dos años como mínimo las reformulaciones que resulten convenientes. (art. 1.3.1.a);

Que a la fecha, el C.O.U no ha contado con la actualización pretendida por la norma.

Que, la realidad de la ciudad es muy diferente a la que encontró el C.O.U al momento de su sanción;

Que a su vez, en la Comisión de Obras y Servicios Públicos, existen diferentes expedientes iniciados por particulares que evidencian una desactualización de la normativa urbana vigente y que requiere agotar los esfuerzos para su actualización;

Que a su vez, y habida cuenta de la importancia de conocer la opinión sobre las necesidades de modificación del mencionado C.O.U es menester convocar a las distintas organización intermedias de Villa Gesell y vecinos en general a expresarse en tal sentido, habida cuenta de la importancia que reviste dicho instrumentos en el desarrollo comunitario, económico y social.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

R  E  S  O  L  U  C  I  O  N 


PRIMERO: Invítese mediante la remisión de una copia de la presente resolución, a las
————— Entidades de Fomento de Villa Gesell, organizaciones barriales, clubes deportivos, asociaciones de profesionales en general y asociaciones comerciales en general a indicar sí es de su interés emitir opinión respecto de la necesidad de actualizar la Ordenanza Nº 2051/06 “Código de Ordenamiento Urbano” cuya aplicación implica en los usos de suelo, alturas, zonificaciones, permisiones comerciales etc.—

SEGUNDO: Asimismo, se convoca a los vecinos en general a manifestar si es de su
—————  interés emitir opinión respecto de la necesidad de actualizar la Ordenanza Nº 2051/06  “Código de Ordenamiento Urbano”.—

TERCERO: Las Entidades de Fomento de Villa Gesell, organizaciones barriales, clubes
————— deportivos, asociaciones de profesionales en general y asociaciones comerciales en general y los vecinos de Villa Gesell podrán manifestar su intención de opinar respecto de dicha actualización de la siguiente forma:

  1. Convocándose al Honorable Concejo Deliberante de Lunes a Viernes de 8 a 14 y suscribiendo la planilla existente a tal efecto.
  2. Comunicándose Telefónicamente al honorable Concejo Deliberante al Teléfono 02255 463028 de Lunes a Viernes de 8 a 14.
  3. Remitiendo email a concejohcd@gmail.com

En todos los casos el/la interesado/a deberá indicar Nombre, Apellido, domicilio, Teléfono de contacto e indicar si se comunica en representación de alguna organización de las mencionada o en carácter propio.—

CUARTO: El Plazo para manifestarse en los términos de los artículos PRIMERO y
————- SEGUNDO será hasta el 30 de Septiembre del corriente año.—

QUINTO: Autorícese a la Presidencia del Concejo Deliberante a realizar las
————-  publicaciones necesarias a efectos de que la presente Resolución tenga la mayor comunicación posible teniendo en consideración que el aspecto fundamental de ella es la amplitud de su difusión y conocimiento general.—

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