Ordenanza 2502/13

Ordenanza 2502/13

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

2502/13

                                FECHA DE SANCIÓN: 17 de Junio de 2013.-

                                NUMERO DE REGISTRO: 2329

                                EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-9573/13.-

 

VISTO:

 

                La necesidad de implementar programas en materia de seguridad que mejoren y apuntalen el esfuerzo realizado en materia de prevención del delito por parte de la Dirección de Seguridad a través de la colocación de cámaras monitoreadas en tiempo real y la incorporación de móviles que patrullan nuestra ciudad; y

 

CONSIDERANDO:

 

                                 Que, resulta necesario establecer estrategias comunitarias que permitan coordinar esfuerzos entre el estado municipal, la Policía de la Prov. de Bs. As. y la comunidad toda en procura de optimizar medidas de prevención y disuasión del delito;

                                 Que, en tal sentido existiendo ya un sistema de videocámaras monitoreadas y de patrullas municipales que contribuyen a brindar una alerta temprana de situaciones potencialmente inseguras, a los fines de convocar rápidamente a la Policía de la Prov. de Bs. As. , resulta útil establecer una estrategia que sume a los esfuerzos realizados, medios electrónicos que permitan a la comunidad misma contribuir en dicha tarea y convocar rápidamente a las fuerzas de seguridad, siendo en este caso de suma utilidad el sistema de alarmas comunitarias;

                                 Que, el Estado Municipal, asumiendo la responsabilidad que le cabe en materia de prevención y disuasión del delito, debe contribuir a articular aquellas medidas que pongan al alcance de la comunidad, las herramientas necesarias para que todos en su conjunto contribuyan a dicho objetivo común, resultando en este caso particular, de importancia establecer un sistema de alarmas comunitarias que faciliten la exteriorización de una alerta social ante un hecho potencialmente de riesgo o sospechoso;

                                Que, en tal sentido se registran en nuestra ciudad  iniciativas comunitarias exitosas de vecinos que, agrupados con el objetivo de prevenir y disuadir el delito, han ya instalado como en el barrio las Calandrias, alarmas comunitarias, las que han demostrado operar en forma eficaz;

                                Que, por lo dicho resulta apropiado potenciar dichas iniciativas comunitarias, volcando recursos municipales a los fines de facilitar la inmediata colocación y puesta en funcionamiento de alarmas comunitarias en gran número, resultando esta experiencia piloto e inédita en la ciudad, un medio que permitirá mejorar la intervención de la Policía de la Prov. de Bs. As. mediante un alerta temprana de cualquier delito en curso.-

 

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

ARTICULO 1º:Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a los fines de que solicite un empréstito

—————– por el valor de un millón de pesos ($1.000.000.-), para ser invertidos en un sistema de alarmas comunitarias que deberá ser implementado de conformidad a los criterios técnicos en materia de seguridad que establezca la Dirección de Seguridad de la ciudad de Villa Gesell.—

 

 

ARTICULO 2º:Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los convenios que

—————— correspondiere con el fin de poner en funcionamiento el programa municipal “Alarmas Comunitarias”, previo cumplimiento de los Artículos 46º y 47º, siguientes y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades.—

 

 

ARTICULO 3º:Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

 

 

 

Ordenanza 2502/13

Ordenanza 2503/13

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

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2503/13

                                FECHA DE SANCIÓN: 17 de Junio de 2013.-

                                NUMERO DE REGISTRO: 2330

                                EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-9575/13.-

 

VISTO:

 

          La necesidad de incorporar  (8) móviles destinados a realizar tareas preventivas en materia de seguridad en el ámbito de la Dirección de Seguridad, una camioneta con brazo elevador y maquinaria vial, a los fines de realizar tareas inherentes a las funciones que cotidianamente desempeña el Municipio de Villa Gesell; y

 

CONSIDERANDO:

 

                                 Que, resulta necesario satisfacer necesidades que hacen al desarrollo de la actividad que realiza diariamente la Dirección de Seguridad en materia de prevención del delito, a través del patrullaje de nuestras calles de modo articulado con la Dirección de Tránsito y la labor realizada por la Policía de la Provincia de Bs. As.;

                                 Que, la incorporación de (8) patrulleros, permitirá incrementar sensiblemente la frecuencia de patrullaje y optimizar el servicio de apoyatura logística que realiza la Municipalidad de Villa Gesell, en colaboración a las tareas de seguridad que resultan propias de la Policía de la Provincia de Bs. As. en el Partido de Villa Gesell;

                                Que, el esfuerzo realizado para la incorporación de unidades nuevas a través de la adquisición de un sistema de leasing, agilizará la capacidad de respuesta de la Dirección de Seguridad ante los eventuales llamados que se efectúen al comando operativo de emergencias, o bien ante la detección temprana de situaciones que ameriten la intervención de móviles de seguridad mediante el uso de cámaras con monitoreo que actualmente se encuentran en funcionamiento;

                               Que, la incorporación de móviles nuevos actualizará asimismo el parque automotor existente, adicionándose a los que hoy se encuentran en servicio, resultando por las características de la labor a desarrollar apropiada la utilización del sistema de leasing, toda vez que el mismo permite examinar a su debido tiempo si las unidades objeto del contrato, merecen ser incorporadas al patrimonio municipal o renovadas por otras nuevas, de modo tal de mejorar el funcionamiento del área a la que han sido afectadas;

                                Que, por su parte resulta necesario también adquirir maquinaria vial y una camioneta con brazo elevador, con el objetivo de realizar tareas habituales en el ámbito municipal.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

ARTICULO 1º:Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un contrato de leasing

—————–  destinado a incorporar (8) vehículos para ser afectados al funcionamiento de la Dirección de Seguridad, así como maquinaría vial y una camioneta con brazo elevador que serán destinados a las tareas que desarrolla la Municipalidad de Villa Gesell. —

 

 

ARTICULO  2º:Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

 

Ordenanza 2502/13

Ordenanza 2504/13

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

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2504/13

                                FECHA DE SANCIÓN: 17 de Junio de 2013.-

                                NUMERO DE REGISTRO: 2331

                                EXPEDIENTE H.C.D Nº: D-9523/12

 

VISTO:

          

                 El Expediente Nº 9523/12.- Iniciado: Departamento Ejecutivo Municipal.- Motivo: Eleva copia acta acuerdo entre la Subsecretaría de Planificación de la Salud de la Provincia de Bs. As. y la Municipalidad de Villa Gesell; y

 

CONSIDERANDO:

 

                                 Que, es de trascendencia la capacitación en materia de profesionales en el arte de curar;

                                 Que, es función del Estado Municipal facilitar los medios necesarios para que aquellos interesados en acceder al sistema educativo, de modo eficaz y sin tener que trasladarse fuera del municipio para ello, puedan hacerlo sin impedimento alguno.-

                     

 

Por cuanto el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

ARTICULO 1º: Convalídase el acta acuerdo entre la Municipalidad de Villa Gesell y la Subsecretaría

—————— de Planificación de la Salud de la Provincia de Bs. As. obrante a fs. 2 y 3 del Expediente Nº 9523/12, a través de la cual ambos organismos articulan el dictado en forma conjunta una Tecnicatura Superior en Enfermería, cuyo título será expedido y otorgado por la Subsecretaría de Planificación de la Salud (entendiendo por título, la certificación consignada en el Inc. d) Foja 3).—  

 

 

ARTICULO 2º:Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

 

 

 

Ordenanza 2502/13

Ordenanza 2505/13

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

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2505/13

                            FECHA DE SANCIÓN: 5 de Septiembre de 2013.-

                            NUMERO DE REGISTRO: 2332

                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9593/13.-

 

VISTO:

                El expediente D – 9593/13; y

 

CONSIDERANDO:

                                  Que, la prevención en materia de seguridad, resulta ser una política de Estado que ha motivado múltiples iniciativas por parte del Departamento Ejecutivo Municipal a partir del año 2008;

                                 Que, en procura de optimizar los medios necesarios para instrumentar políticas activas en materia de prevención del delito se ha puesto en funcionamiento el comando operativo de emergencia, el cual entre otras tareas, realiza funciones destinadas al monitoreo en tiempo real, las 24 hs. del día y los 365 días del año, de cámaras de seguridad que se han emplazado en distintos puntos de la ciudad, de conformidad a la confección de un mapa del delito y un pormenorizado estudio que tiene en cuenta estrategias orientadas a la prevención y disuasión del delito;

                              Que, en tal sentido, resulta importante y trascendente para optimizar el funcionamiento del sistema de monitoreo premencionado, la incorporación de un mayor número de cámaras, lo cual permitirá ampliar el área de cobertura de dicho servicio;

                              Que, en las tareas orientadas a la prevención del delito resulta destacable la coordinación y articulación de medidas conjuntas a poner en marcha entre el gobierno de la Prov. de Bs. As., responsable de las fuerzas policiales y la Municipalidad de Villa Gesell en el rol que le compete, esto es, dar apoyatura logística y optimizar las condiciones necesarias para implementar un plan de prevención y disuasión del delito, enmarcándose el convenio de Fs. 2, 3 y 4 en dicha operatoria, denominada Programa de Instalación de Monitoreo Integral por Cámaras en el Territorio Bonaerense.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

ARTICULO  1º:Facúltase al Intendente Municipal Jorge Rodríguez Erneta a suscribir el convenio que

—————— obra a Fs. 2, 3 y 4 del Expediente 9593/13, en el marco del Programa de Instalación de Monitoreo Integral por Cámaras en el Territorio Bonaerense, tendiente a incorporar 10 cámaras al sistema de monitoreo orientado a la prevención y disuasión del delito, implementado por la Municipalidad de Villa Gesell. —

 

 

ARTICULO 2º:Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

 

Ordenanza 2502/13

Ordenanza 2506/13

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

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2506/13

                             FECHA DE SANCIÓN: 21 de Octubre de 2013.-

                             NUMERO DE REGISTRO: 2333

                             EXPEDIENTE H.C.D. Nº: 9608/13

 

 

VISTO:

              El pedido de licencia efectuado a foja uno por el Señor Intendente Municipal, Dr. Jorge RODRÍGUEZ ERNETA; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que el requerimiento efectuado se encuentra enmarcado en las disposiciones de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

 

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

ARTICULO 1º: Autorízase al Intendente Municipal Dr. Jorge RODRÍGUEZ ERNETA, a hacer uso

—————— de licencia durante el periodo comprendido entre los días 1º de Noviembre y hasta el  13 de Noviembre de 2013 inclusive.—

 

 

ARTICULO 2º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—