Ordenanza 2399/11

Ordenanza 2399/11

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

2399/11

 

                                         FECHA DE SANCIÓN: 2 de Mayo de 2011.-

                                         NUMERO DE REGISTRO: 2223

                                         EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9103/11.-

 

VISTO:

              Lo informado en el expediente municipal Nº 1494/11 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell, y la documentación adjuntada; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que el Señor Frezza Miguel (fallecido) fue adjudicatario mediante Ordenanza nº 55 por la que el Municipio Urbano de Villa Gesell, en cumplimiento de la voluntad del Señor Carlos Idaho Gesell, le dona el inmueble individualizado catastralmente VI-B-16g-9 (folio 7);

                                   Que media cesión gratuita de derechos hereditarios, del Señor Frezza Hucrio  Francisco (hijo de Frezza Miguel) a favor de la Señorita Frezza Romina Natalia (folio 9);

                                   Que en virtud de haberse acreditado los extremos de la ley se solicita una modificación de la Ordenanza citada a los efectos de regularizar la situación dominial y así proceder a efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda cuyos datos catastrales son VI-B-16g-9 a la Señorita

——————   FREZZA, Romina Natalia DNI 24.288.717 por haber fallecido  el adjudicado en su momento el Sr. Frezza Miguel y mediar a favor de la citada cesión de derechos hereditarios por parte del hijo del mencionado.—

 

 

ARTICULO 2º: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la condición social

——————  del inmueble que se le adjudicó en su oportunidad al fallecido y la situación de la adjudicataria actual.—

 

 

ARTICULO 3º:  Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2399/11

Ordenanza 2398/11

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

2398/11

                                         

                                         FECHA DE SANCIÓN: 2 de Mayo de 2011.-

                                         NUMERO DE REGISTRO: 2222

                                         EXPEDIENTE H.C.D. Nº:D-9067/10.-

 

VISTO:

               Lo informado en el expediente municipal Nº 4526/10 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que el Señor PEREZ, Raúl Abel, (fallecido) fue adjudicatario mediante Ordenanza Nº 74 de 1981 del plan denominado “Familias  Geselinas de escasos recursos” y en virtud a lo dictaminado a folio 9) por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita la realización de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-B-17d-8 del  Plan 

——————- “Familias Geselinas de escasos recursos” a la Señora  PEREZ, Adriana Noemí y al Señor CÓRDOBA, Cesar Adrián según lo indicado en la cesión de acciones y derechos hereditarios.

 

 

ARTICULO 2º:  A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la condición social

——————  de la vivienda en su carácter de vivienda única y permanente.—

 

 

ARTICULO 3º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2399/11

Ordenanza 2397/11

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

2397/11

 

                                         FECHA DE SANCIÓN: 2 de Mayo de 2011.-

                                         NUMERO DE REGISTRO: 2221

                                         EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9066/10.-

 

 

VISTO:

              Lo informado en el Expediente Municipal Nº 4527/10 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y

 

CONSIDERANDO:

                                  Que el Señor CORRAL, Alfredo Santos (fallecido) fue adjudicatario mediante Decreto Nº 294 de 1983 de la vivienda construida indicada catastralmente como VI-B-17h-1 del Plan denominado “Viviendas Económicas” y en virtud a lo dictaminado a folio 11) por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita la realización de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;

 

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-B-17h-1 del plan 

——————  “Viviendas Económicas” a la Señora ECHEVARRIA, Alicia Noemí D.N.I. 16.102.337 por haber estado casada en primeras nupcias con el Señor CORRAL.—

 

 

ARTICULO 2º: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la condición social

—————–  de la vivienda donde habitó el fallecido y la adjudicataria en su carácter de vivienda única y permanente.—

 

 

ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2399/11

Ordenanza 2396/11

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

2396/11

 

                                         FECHA DE SANCIÓN: 2 de Mayo de 2011.-

                                         NUMERO DE REGISTRO: 2220

                                         EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9065/10.-

 

 

VISTO:

              Lo informado en el expediente municipal Nº 4528/10 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que el Señor RINGA, Domingo José, (fallecido)  fue adjudicatario mediante Decreto Nº 294 de 1983 de la vivienda construida indicada catastralmente como VI-B-17g-10 del plan denominado “Viviendas Económicas” y en virtud a lo dictaminado a folio 9 por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita la realización de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

 

ARTICULO 1º:  Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-B-17g-10 del Plan 

——————   “Viviendas Económicas” a la Señora HANSEN, Alicia Cristina D.N.I. 11.438.596 por haber estado conviviendo con el Señor RINGA durante 32 años en el inmueble a la fecha de su fallecimiento.—

 

 

ARTICULO 2º: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la condición social

——————   de la vivienda donde habitó el fallecido y la adjudicataria actual en su carácter de vivienda única y permanente.—

 

 

ARTICULO 3º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2399/11

Ordenanza 2395/11

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

2395/11

 

                                         FECHA DE SANCIÓN: 2 de Mayo de 2011.-

                                         NUMERO DE REGISTRO: 2219

                                         EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9064/10.-

 

 

        VISTO:

                       Lo informado en el expediente municipal Nº 4529/10 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y

 

CONSIDERANDO:

                                  Que el Señor GUARNIERI, Juan Carlos, fue adjudicatario mediante Decreto Nº 664 de 1988 de la vivienda construida indicada catastralmente como   VI-H-134-1 del Plan denominado “42 Viviendas” y en virtud a lo dictaminado a folio 12 por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita la realización de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

 

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

ARTICULO 1º:  Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-H-134-1 del plan

——————  “42 Viviendas” a la Señora DEDONATO, Teresa Virginia D.N.I. 12.789.601 casada en primeras nupcias al momento de la adjudicación y divorciada habitando actualmente la vivienda con los hijos del matrimonio cediéndole al Señor GUARNIERI todos los derechos a su ex esposa.—

 

 

ARTICULO 2º:  A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la condición social

—————–  de la vivienda donde habitara la madre de los hijos del matrimonio disuelto en su carácter de vivienda única y permanente.—

 

 

ARTICULO 3º: Comuníquese, dese al registro Oficial y cumplido archívese.—