Resolucion 4075

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

                             

                                    FECHA DE SANCIÓN: 20 de Abril de 2014.-

                                    NUMERO DE REGISTRO:  4075

                                    EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-10112/15

 

 

VISTO:

                La prórroga concedida a la Unidad Turística Fiscal Lote Nº 29-Kiosco 09 Centro; y 

 

CONSIDERANDO:

 

                            Que mediante la Ordenanza 2275/09 a dicha Unidad Turística Fiscal se le concedido una prórroga hasta el día 15 de Octubre del 2014 y el proceso de demolición no fue realizado por el municipio, lo que ha generado problemáticas con algunos vecinos dando intervención a la policía local.

                             

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

R  E  S  O  L  U  C  I  O  N

 

 

PRIMERO: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal tome los recaudos necesarios para

————–   que se proceda a la demolición y remoción de la que fuera  la Unidad Turística Fiscal Lote 29–Kiosco 09 Centro ya que el plazo de vencimiento de dicha prórroga fue 15 de Octubre de 2014.—

Resolucion 4074

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

                                    FECHA DE SANCIÓN: 20 de Abril de 2015.-

                                    NUMERO DE REGISTRO: 4074

                                    EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-10110/15

 

VISTO:

            El estado de deterioro, y en muchos casos la ausencia de señalética en la vía pública, y

CONSIDERANDO:

                                       Que se observa en la mayoría de las arterias de nuestra ciudad la falta de los carteles indicativos de nuestras avenidas, paseos, calles y alamedas,

Que en los pocos lugares donde todavía queda algún cartel, éste se encuentra en total estado de abandono.

Que es indispensable que quienes transitan por nuestras calles tengan la información del número y nombre de la vía en la que se encuentra.

Que en varias oportunidades desde este Concejo se ha solicitado al Departamento Ejecutivo regularice esta situación, Resolución 3852 aprobado el 6/9/2010, Resolución 3926 aprobada el 19/5/2014

Que año tras año se observa una alarmante dejadez al respecto,

Que a los turistas les resulta casi imposible ubicarse dentro de nuestra ciudad.

Que con respecto a la seguridad, a los efectivos policiales que no son de nuestra ciudad, se les hace sumamente dificultoso ubicar el lugar donde deben dirigirse ante algún llamado.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

R  E  S  O  L  U  C  I  O  N

 

 

PRIMERO: Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal restablezca la señalética vertical de  la

————  vía pública en todas las localidades que componen el partido de Villa Gesell.—

 

 

SEGUNDO: Cada señal debe contener número y nombre de calles, alameda, avenida o paseo, y

————-  altura de la calle.—

 

 

TERCERO: Incorporar el nombre a aquellas arterias a las que le fuera designado por Ordenanza.

 

 

CUARTO: Incorporar en la señalética información de los lugares de interés turístico.—

Resolucion 4073

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

                                 FECHA DE SANCIÓN: 20 de Abril de 2015.-

                                 NUMERO DE REGISTRO: 4073

                                 EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-10108/15.-

 

 

VISTO:

               La obra municipal, aún inconclusa, denominada Centro Cultural Mar Azul ubicada en 45 entre Miramar y Necochea;

 

CONSIDERANDO:

                                   Que es un proyecto necesario para la comunidad de Mar Azul, dado que la ausencia y la falta de espacios municipales culturales dignos hacen que los niños, jóvenes y adultos se vean privados de practicar alguna actividad, capacitación y presentación de espectáculos, tal como se propone y se llevan a cabo en la ciudad de Villa Gesell;

                           Que desde el impulso dado por algunos vecinos y vecinas desde 1999 aún no se ha concretado la oferta espacial en Mar Azul, funcionando los talleres municipales de Cultura como así también algunas actividades de Acción Social, de manera precaria, en 39 y Punta del Este, en la denominada Casita de la Cultura de Mar Azul, donde antes estaba el Centro de Salud Mar Azul, antes de que sea construido e inaugurado en septiembre de 2011;

                            Que dicha obra fue parte de la derogada Ordenanza 2089 del año 2006 y durante el año 2009 se proyectó -conjuntamente con la obra Centro de Salud Mar Azul- la construcción de la Casa de la Cultura también en Mar Azul, obra que fuera iniciada y que por razones contractuales con la Empresa adjudicataria quedó inconclusa;

                            Que a mediados del año 2013, una vez que la Empresa Constructora quedara desvinculada legalmente de la obra y la Municipalidad retomara su propiedad para poder ingresar, y por fin, finalizar la misma, el ex Intendente Rodríguez Erneta mantuvo una reunión con la Ong’s “Centro Cultural Mar Azul” para que se liberara el lote de ocupación y se pudiera avanzar con un nuevo proceso licitatorio de obra, dado que con el lote ocupado nadie puede hacerse responsable por accidentes que pudieran ocasionarse con gente ajena a la misma, cuestión que se llevó a cabo;

                            Que durante el año 2014 aparentemente no hubo avances de obra ni seguimiento de la construcción de la tan necesaria Casa de la Cultura de Mar Azul;

 

                             Que dada la fuerte demanda de la comunidad de Mar Azul por tener un espacio cultural municipal en los que se puedan dar talleres, cursos, enseñanza de oficios, seminarios, capacitaciones y toda otra actividad que conlleve a la reunión y en beneficio de los vecinos, tal como se vino haciendo durante los últimos años, en 39 y Punta del Este;

                              Que el Bloque de Concejales Justicialistas en el Frente para la Victoria, presentó el 3 de marzo de 2015 por Mesa de Entrada Municipal, una nota solicitando al Sr. Intendente nos de la respuesta que interesa a la comunidad marazulense, respecto a la finalización de la obra, misma que a la fecha no ha contestado. Se adjunta a la presente como ANEXO 1.

 

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

R  E  S  O  L  U  C  I  Ó  N

 

 

PRIMERO: El Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell solicita al Departamento Ejecutivo

————–   Municipal dado el tiempo transcurrido, la demanda de la comunidad de Mar Azul y lo poco que falta, en apariencia, para dar cumplimentada la obra de respuesta a lo siguiente:

1)     Se nos indique cuál es el estado actual de la obra;

2)     Qué Empresa o contratista es el responsable de la finalización de la obra;

3)     Qué tiempo estimado de obra falta para terminar el espacio cultural municipal.—

 

Resolucion 4072

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

                                 

                                 FECHA DE SANCIÓN: 20 de Abril de 2015.-

                                 NUMERO DE REGISTRO: 4072

                                 EXPEDIENTE H.C.D Nº: B-10107/15.-

 

 

VISTO:

                La necesidad de contar con artículos de limpieza en las áreas municipales

         

CONSIDERANDO:

                                    Que se tiene conocimiento, por dichos de personas que asisten al Hospital a atenderse;

                            Que se tiene conocimiento la falta de higiene por falta de artículos de limpieza en distintas áreas descentralizadas de la sede central del municipio;

                             Que el mismo Personal Municipal, responsable de la limpieza está comprando artículos de limpieza, tales como lavandina, trapos de piso y desinfectantes dado que no le entregan ni reponen dichos artículos.

                             Que existen áreas muy sensibles de contagio, tales como consultorios externos ya sea en el Hospital o en los Centros de Salud, en los baños del Polideportivo, en los baños de cada dependencia de Cultura y Educación que son propicios de transmitir enfermedades a través de sus inodoros y lavabos.                    

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

R  E  S  O  L  U  C  I  Ó  N

 

 

PRIMERO:Solicítase al Sr. Intendente Municipal, a través del área pertinente, arbitre los medios 

————-  para  dar solución al problema de falta de artículos de limpieza para higienizar baños, cocinas y consultorios médicos a los efectos de prevenir contagios de enfermedades producto de la falta de higiene.—

Resolucion 4071

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

                                 

 

                                 FECHA DE SANCIÓN: 20 de Abril de 2015.-

                                 NUMERO DE REGISTRO:  4071

                                 EXPEDIENTE H.C.D Nº: B-10105/15.-

 

 

VISTO:

             El Enduro del Verano 2015 y el beneficio que implica para la Secretaría de Acción Social dicha actividad programada desde la Municipalidad

         

CONSIDERANDO:

                                     Que según se aprecia, durante todos los años, en la cartelería que publicita dicho acontecimiento: la frase “ENTRADA UN ÚTIL ESCOLAR”;

                            Que todo lo recolectado en concepto de entrada “UN ÚTIL ESCOLAR” para acceder al circuito y participar del espectáculo de motos y cuatriciclos en dicho predio es para Acción Social;

                            Que iniciadas las clases varias mamás fueron a Acción Social a solicitar ayuda de útiles escolares y se le negó dicha ayuda social, diciéndoles “acá no hay nada, tendrás que buscar en otro lado”;

                            Que no es grato para quienes somos sensibles a la necesidad del otro exponer a las vecinas mamás o jefas de hogar condicionadas de ayuda social o en situación de mendicidad cuando se sabe, porque en los días previos al Enduro se promociona por los Medios Locales de Comunicación y la propia Municipalidad, que la entrada es “ENTRADA UN ÚTIL ESCOLAR”;

                            Que además, de los útiles escolares como valor de la entrada, existió una cantina que decía “CASA DEL NIÑO”, dependiente de la Secretaría de Acción Social con la venta de choripanes;

                            Que la recaudación por la venta de choripanes y bebida en dicha cantina del Enduro era para cambiar los juegos infantiles que estaban en el arenero de la Casa del Niño y si alcanzaba también se cambiarían los pisos;

                            Que se tiene conocimiento de que el dinero recaudado seria 47.000$ y estarían rendidos en la Municipalidad y nada de lo explicitado en el fundamento anterior ocurrió.-

 

R E S O L U C I Ó N

 

PRIMERO:Solícitase al Sr. Intendente Municipal informe las razones por las que se les niega útiles

————–  escolares, producto del valor de la entrada al Enduro del Verano 2015, a las familias que lo solicitan en Acción Social.—

 

 

SEGUNDO:Solicítase al Sr. Intendente Municipal, a través del área pertinente, indique cuál ha sido

————-   el monto exacto rendido por la cantina del Enduro del Verano 2015 y cuál ha sido el destino de los mismos, en virtud de que el objetivo de lo recaudado en dicha cantina no se ve reflejado en el arenero de la Casa del Niño.—