Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2425/11
FECHA DE SANCIÓN: 1º de Agosto de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2249
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9222/11.-
VISTO:
Lo informado en el Expediente Nº 92221/11 por la Señora Jefa de Regularización Dominial y la Asesoría Legal de la Municipalidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto nº 664 de fecha 19 de Diciembre de 1998, conteste asimismo con la Ordenanza 621/88, por la cual se adjudica la vivienda bajo el nº 23 bajo el plan de viviendas “PRO CASA II”, y en conformidad a lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, se resuelve que se lleve a cabo la adjudicación a nombre de la Señora Gómez María Mónica, en virtud de encontrarse separada del Señor Silva Adrián Ramón, mediando consentimiento del citado a los efectos de presente, y siendo el inmueble actualmente habitado por la citada conjuntamente con los hijos del matrimonio, todo ello a efectos de regularizar la situación dominial y así proceder a efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda a la Señora GOMEZ MARÍA MONICA D.N.I. 17.971.541,
—————— por ser la actual y real adjudicataria del inmueble en cuestión, en virtud de encontrarse separada del Sr. Silva Adrián Ramón y mediando consentimiento por parte de este a los efectos de la presente.—
ARTICULO 2º: En virtud de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la condición social
—————— de la vivienda en su carácter de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y ser una cuestión de interés social.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2424/11
FECHA DE SANCIÓN: 1º de Agosto de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2248
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9221/11.-
VISTO:
Lo informado en el Expediente Nº 9221/11 por la Señora Jefa de Regularización Dominial y la Dirección de Asesoría Legal de la Municipalidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que el Señor Bergues Héctor Omar fue adjudicatario mediante Ordenanza nº 817, de fecha 23 de Agosto de 1990 de la vivienda cuyos datos catastrales son VI-H-136-12, del Plan “PRO CASA II” y en conformidad con lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita una modificación de la Ordenanza citada se resuelve que se lleve a cabo reemplazando al Señor Bergues Héctor Omar por la real y actual adjudicataria la Señora VEGAS MARÍA INES a los efectos de regularizar la situación dominial y así proceder a efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno .-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda cuyos datos catastrales son VI-H-136-12 a la Señora
—————— VEGAS MARÍA INES D.N.I. 13.626.019 por haber estado conviviendo con el Señor Bergues Héctor Omar en el inmueble adjudicado, y en virtud demediar con fecha 23 de Febrero de 2011 cesión a favor de la Señora Vegas por parte del Señor Bergues en virtud de la presente.—
ARTICULO 2º: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la condición
—————– social de la vivienda en su carácter de ser única familiar y de ocupación permanente, y ser una cuestión de interés social.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2423/11
FECHA DE SANCIÓN: 1º de Agosto de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2247
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9232/11.-
VISTO:
El pedido realizado por la Asociación de Veteranos de Guerra de Malvinas del Partido de Villa Gesell, solicitando tres (3) licencias a quienes han ofrecido sus vidas por la Patria en el año 1982 durante la Guerra de Malvinas; y
CONSIDERANDO:
Que el otorgamiento de una licencia de Taxi no suple el horror y el dolor por lo que pasaron nuestros soldados de la Patria, en la Guerra de Malvinas ;
Que es potestad del Honorable Concejo Deliberante otorgar licencias de Taxi, máxime si se trata de ciudadanos residentes de Villa Gesell, asociados a Veteranos de Guerra de Villa Gesell quienes tienen mérito suficiente y honor al valor o arrojo como el demostrado en la Guerra de Malvinas, en 1982.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Otórguese licencia de Taxi a los siguientes vecinos Veteranos de Guerra de
—————— Malvinas, residentes de Villa Gesell, a saber:
CARLOS ANTONIO FERRIOL D.N.I. Nº 16.161.110
SERGIO NÉSTOR CUFRE D.N.I. Nº: 16.572.602
JORGE ENRIQUE RODRÍGUEZ D.N.I. Nº 14.855.559
ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a acordar un plan de pago respecto
—————— a las habilitaciones de hasta diez (10) cuotas a los nombrados en el Artículo anterior.—
ARTICULO 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a través del área pertinente a
—————— designar las paradas de las nuevas licencias, como así también el numero de licencia correspondiente, otorgadas en el Artículo 1º de la presente.—
ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2422/11
FECHA DE SANCIÓN: 19 de Julio de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2246
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9224/11.-
VISTO:
El Expediente con carátula municipal S-4914/10, incluido en el Expediente D-9224/11, en referencia a la Licitación Pública Nº 21/10, Lote 46 SVG, iniciado y elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal al Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente con carátula municipal obra el dictamen favorable del Director de Seguridad Legal y Técnica de la Municipalidad de Villa Gesell, Dr. Atilio Roncoroni, conjuntamente con el relato y proceso de las presentaciones realizadas ;
Que, además obra el dictamen del Secretario de Planeamiento y Obras Públicas de la Municipalidad de Villa Gesell Arquitecto Luis Castellani, en el que manifiesta expresamente, el cumplimiento mas fielmente de los parámetros del Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones en una de las Ofertas más que en las otras, en referencia a las normas para las construcciones en playa, normas operativas de la etapa de construcción y las referidas a temas ambientales;
Que, en el Acta de la Comisión de Pre-Adjudicación y Pre-Calificadora firmado por los funcionarios municipales integrantes de dicha Comisión conforme al Decreto Municipal 2106/10 queda expresado fehacientemente que el Sr. Pino Rubén cumple con los requisitos legales y formales, la sustentabilidad ambiental y los parámetros establecidos en el Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones en referencia a las normas para las construcciones en playa como normas operativas de la etapa de construcción y las referidas a temas ambientales y viabilidad económica, debiéndose tomar como valida la oferta presentada;
Que, de acuerdo a los Artículos 155º y 232º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Intendente Municipal Dr. Jorge Rodríguez Erneta eleva al Honorable Concejo Deliberante las actuaciones de la Licitación 21/10 Lote 46 SVG.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Pública Nº 21/10 correspondiente al Lote 46 SVG, al
—————— Sr. PINO, Rubén.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2421/11
FECHA DE SANCIÓN: 19 de Julio de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2245
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9224/11.-
VISTO:
El Expediente con carátula municipal S-4913/10, incluido en el Expediente D-9224/11, en referencia a la Licitación Pública Nº 20/10, Lote 45 SVG, iniciado y elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal al Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente con carátula municipal obra el dictamen favorable del Director de Seguridad Legal y Técnica de la Municipalidad de Villa Gesell, Dr. Atilio Roncoroni, conjuntamente con el relato y proceso de las presentaciones realizadas ;
Que, además obra el dictamen del Secretario de Planeamiento y Obras Públicas de la Municipalidad de Villa Gesell Arquitecto Luis Castellani, en el que manifiesta expresamente, el cumplimiento mas fielmente de los parámetros del Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones en una de las Ofertas más que en las otras, en referencia a las normas para las construcciones en playa, normas operativas de la etapa de construcción y las referidas a temas ambientales;
Que, en el Acta de la Comisión de Pre-Adjudicación y Pre-Calificadora firmado por los funcionarios municipales integrantes de dicha Comisión conforme al Decreto Municipal 2106/10 queda expresado fehacientemente que la firma S.O.M.U. cumple con los requisitos legales y formales, la sustentabilidad ambiental y los parámetros establecidos en el Anexo II del Pliego de Bases y Condiciones en referencia a las normas para las construcciones en playa como normas operativas de la etapa de construcción y las referidas a temas ambientales y viabilidad económica, debiéndose tomar como valida la oferta presentada;
Que, de acuerdo a los Artículos 155º y 232º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Intendente Municipal Dr. Jorge Rodríguez Erneta eleva al Honorable Concejo Deliberante las actuaciones de la Licitación 20/10 Lote 45 SVG.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Pública Nº 20/10 correspondiente al Lote 45 SVG, a la
—————— firma S.O.M.U..—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—