Ordenanza 2706/17

Ordenanza 2706/17

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2706/17

                                FECHA DE SANCIÓN: 30 de Enero de 2017.-
                                NUMERO DE REGISTRO:  2548
                                EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-10845/17.-

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Fíjase en la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE
——————- MILLONES TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE CON 66/100 ($657.329.319,66) el Presupuesto General de Gastos que regirá para el Ejercicio Económico y Financiero del año 2017 de la Municipalidad de Villa Gesell.—

 

ARTICULO 2º:  Estímase en la suma PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE
——————– MILLONES TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE CON 66/100 ($657.329.319,66) el Cálculo de Recursos que financiara el Presupuesto General de Gastos que regirá para el Ejercicio Económico y Financiero del año 2017 de la Municipalidad de Villa Gesell.—

 

ARTICULO 3º: Apruébese la distribución de los recursos y gastos establecidos en los
——————- Artículos 1º y 2º de la presente, y conforme las clasificaciones presupuestarias establecidas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Ordenanza, conjuntamente en la Estructura Programática establecida para el Ejercicio 2017 y el Esquema de Ahorro Inversión y Financiamiento.—

 

ARTICULO 4º: Apruébense los formularios 1 a 12 que forman parte de la presente
——————  Ordenanza.—

 

ARTICULO 5º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archivo.—

Ordenanza 2706/17

Ordenanza 2705/17

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2705/17

                                     FECHA DE SANCIÓN: 20 de Enero de 2017.-
                                     NUMERO DE REGISTRO: 2547
                                     EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-10840/17.-

 

VISTO:

              Los convenios obrantes a fojas 2 a 9 del Expediente D-10840/17 relacionados a Unidades de Desarrollo Infantil, modalidad Centros de Atención Integral y Programa de Responsabilidad Social Compartida ENVION; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que, el Intendente Municipal solicita autorización a suscribir los convenios mencionados con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires;

Que, existe la necesidad de continuar con las tareas desarrolladas por los Comedores Municipales y el Programa ENVION;

Que, el Programa ENVION, cuyo objetivo central es el apoyo a Jóvenes de nuestra ciudad;

Que, por diferentes circunstancias se encuentran en situación de vulnerabilidad y halla en el estado la posibilidad de desarrollar conocimientos, habilidades e insertarse en el mundo del trabajo y la educación;

Que, lo solicitado mediante Resolución agregada al Expediente donde consta la oportuna respuesta por parte del Departamento Ejecutivo.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Autorícese al Intendente Municipal Dr. Gustavo N. BARRERA a
——————-  suscribir los Convenios citados en el Visto, con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires.—

 

ARTICULO 2º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2706/17

Ordenanza 2704/17

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2704/17

                                FECHA DE SANCIÓN: 11 de Enero de 2017.-
                                NUMERO DE REGISTRO: 2546
                                EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-10844/17.-


 VISTO:

                    El Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo acompañado por el Departamento  Ejecutivo Municipal  a Fojas 2 a 20 del Expediente D-10844/17; y

 

CONSIDERANDO:

Que, la solicitud del Intendente Municipal de convalidar el convenio mencionado en el visto entre la Municipalidad de Villa Gesell y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

Que, la necesidad de continuar con los programas destacados en el convenio mencionado los cuales se desarrollan en el ámbito de la Secretaria de Acción Social de la Ciudad a los fines de brindar capacitación a través de cursos y prácticas de formación socio productivas y tareas comunitarias.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

                                                     O  R  D  E  N  A  N  Z A  

 

ARTICULO 1º: Convalídese el Convenio Programa de Ingreso Social con Trabajo
———————  registrado bajo el Numero 001 321 2016, que obra en copia a fs.2 a 20 del presente expediente suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Intendente Municipal Dr. Gustavo Barrera.—

 

ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2706/17

Ordenanza 2703/16

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2016 – Año del Bicentenario

2703/16

                        FECHA DE SANCIÓN: 5 de Diciembre de 2016.-
                        NUMERO DE REGISTRO: 2538
                        EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-10672/16 – B-10682/16.-

 

VISTO:

La Ordenanza sancionada el 7 de Noviembre de 2016 registrada bajo el número 2518 correspondiente al expediente B-10672/16; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que dicha Ordenanza fue vetada por el Intendente Municipal mediante el Decreto 2246/16 de fecha 23 de Noviembre de 2016.

Que la Ley Orgánica de las Municipalidades establece en su artículo 69° la facultad del Departamento Deliberativo de insistir en la sanción de una ordenanza vetada por el Departamento Ejecutivo.

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1°: Insistese la Ordenanza sancionada el día 7 de Noviembre de 2016
——————- bajo el número de Registro 2518 que fuera vetada por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto 2246/16.—

 

ARTICULO 2°: La presente insistencia se dicta en los términos del artículo 69°
——————- de la Ley Orgánica de las Municipalidades.—

 

ARTICULO 3°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

 

Ordenanza 2706/17

Ordenanza 2702/16

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2016 – Año del Bicentenario

2702/16

                             FECHA DE SANCIÓN: 19 de Diciembre de 2016.-
                             NUMERO DE REGISTRO: 2545
                             EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-10836/16.-

 

VISTO:

La realización de la primera reunión de la Mesa de Violencia Familiar realizada el 25 de Noviembre próximo pasado; donde se omitió a las Organizaciones no Gubernamentales afines a la temática; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que la convocatoria fue realizada en el marco de la Ley 12569, el Decreto Reglamentario nº 2875/05 y la Ordenanza 2654/16;

Que, no se ha tenido en cuenta que el Decreto 436/15, modifica el anexo I del Decreto nº 2875/05 Reglamentario de la Ley 12569 y que en dicha modificatoria, el Articulo 4º “Integrantes de las Red Provincial”, en su inciso e) menciona “Las organizaciones no Gubernamentales de recorrida trayectoria en la atención de la violencia familiar y las redes locales y regiones que éstas conformen”.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Modifíquese el contenido del Artículo 2º de la Ordenanza 2654/16:
——————–   “ARTICULO 2º: Confórmese la MESA LOCAL DE VIOLENCIA FAMILIAR, la cual estará integrada por representantes municipales de las Secretarias de Desarrollo Social, de Salud, de Seguridad, Representantes de la Policía Provincial, Juzgado de Paz, Juzgado de Garantías, Fiscalía, CPA y Organizaciones no Gubernamentales afines a la problemática. Pudiendo también intervenir en la misma representantes de otras áreas municipales, profesionales, organizaciones políticas, religiosas y otras que así lo soliciten”.—

 

ARTICULO 2º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—