Ordenanza 2220/08

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

 


2220/08

                            FECHA DE SANCION:  15 de Diciembre de 2008.-
                           NUMERO DE REGISTRO: 2042
                           EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8419/08.-

 

VISTO:

               El Expediente D-8419/08 iniciado por el Departamento Ejecutivo solicitando prórroga de las concesiones de Unidades Turísticas Fiscales vencidas; y

 

CONSIDERANDO:

                                    Que, a folio 3) de dicho expediente existe un informe de Asesoría Legal en el que surgen los registros de las Unidades Turísticas Fiscales que se encuentran vencidas;

Que, hasta tanto se lleve a cabo un nuevo acto licitatorio es conveniente prorrogar las concesiones por una temporada más;

Que, a folio 4 se indican las condiciones a cumplir para prorrogar las concesiones de Unidades Turísticas Fiscales vencidas;

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Facúltase al Señor Intendente Municipal a prorrogar las Concesiones
——————  de Unidades Turísticas Fiscales vencidas a partir de sancionada la presente de acuerdo a las condiciones detalladas a folio 4) que forma parte del Anexo I, en referencia al plazo, Canon, fecha de demolición, presentación del libre deuda Municipal, caución por el canon y por el costo de la demolición y nómina de Balnearios encuadrados en la presente.—

ARTICULO 2º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ordenanza 2219/08

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2219/08

                             FECHA DE SANCION: 15 de Diciembre de 2008.-
                            NUMERO DE REGISTRO: 2041
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8418/08.-

 

  VISTO:

               El Expediente D-8418/08, Departamento Ejecutivo – Eleva copia Exp. Licitación Pública Venta Ambulante en playa Rubro; “Golosinas B”; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que, el informe realizado que obra a folio 55 de dicho expediente, el cual lleva la firma del Director de Seguridad Legal y Técnica, el Director de Comercio e Inspección General y Jefa de Compras y Licitaciones;

Que, de acuerdo al Artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece:…….”Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de ésta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia…”.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la oferta y
——————-   a otorgar  la Licitación Pública nº 013/08, Venta Ambulante en Playa rubro “Golosinas B”, realizada conforme a Ley.—

ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

 

 

 

 

 

 

 

Ordenanza 2218/08

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2218/08

                             FECHA DE SANCION: 15 de Diciembre de 2008.-
                            NUMERO DE REGISTRO: 2040
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8417/08.-

 

VISTO:

               El Expediente D-8417/08, Departamento Ejecutivo – Eleva copia Exp. Licitación Pública Venta Ambulante en playa Rubro; “Golosinas A”; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que, el informe realizado que obra a folio 103 de dicho expediente, el cual lleva la firma del Director de Seguridad Legal y Técnica, el Director de Comercio e Inspección General y Jefa de Compras y Licitaciones;

Que, de acuerdo al Artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece:…….”Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de ésta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia…”.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A


ARTICULO 1º
:  Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la oferta y
——————-   a otorgar  la Licitación Pública nº 012/08, Venta Ambulante en Playa rubro “Golosinas A”, realizada conforme a Ley.—

ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

 

 

 

 

 

 

Ordenanza 2217/08

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2217/08

                             FECHA DE SANCION: 15 de Diciembre de 2008.-
                            NUMERO DE REGISTRO: 2039
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8416/08.-

 

VISTO:

               El Expediente D-8416/08, Departamento Ejecutivo – Eleva copia Exp. Licitación Pública Venta Ambulante en playa Rubro; “Panchos”; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que, el informe realizado que obra a folio 80 de dicho expediente, el cual lleva la firma del Director de Seguridad Legal y Técnica, el Director de Comercio e Inspección General y Jefa de Compras y Licitaciones;

Que, de acuerdo al Artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece:…….”Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de ésta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia…”.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la oferta y
——————-   a otorgar  la Licitación Pública nº 011/08, Venta Ambulante en Playa rubro “Panchos”, realizada conforme a Ley.—

ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

 

 

 

 

 

 

 

Ordenanza 2216/08

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2216/08

                             FECHA DE SANCION: 15 de Diciembre de 2008.-
                             NUMERO DE REGISTRO: 2038
                             EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8415/08.-

 

VISTO:

               El Expediente D-8415/08, Departamento Ejecutivo – Eleva copia Exp. Licitación Pública Venta Ambulante en playa Rubro; “Mantas”; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que, el informe realizado que obra a folio 58 de dicho expediente, el cual lleva la firma del Director de Seguridad Legal y Técnica, el Director de Comercio e Inspección General y Jefa de Compras y Licitaciones;

Que, de acuerdo al Artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece:…….”Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de ésta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia…”.-

 

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la oferta y
——————-   a otorgar  la Licitación Pública nº 010/08, Venta Ambulante en Playa rubro “Mantas”, realizada conforme a Ley.—

ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—