1632/98 Convalidando decretos N° 904, 905 y 906

1632/98 Convalidando decretos N° 904, 905 y 906

 1632/98

                            FECHA DE SANCION:  9 de Junio de 1998.——
                            NUMERO DE REGISTRO: 1427
                            EXPEDIENTE H. C. D.  D-5059/98 Alc. 2.-

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º: Convalídense los Decretos Nº 904 y Nº 906 dictados por el Departamento Ejecutivo
– – – – – – – – – – – – Municipal el día 30-12-1997.—

ARTICULO 2º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—

1632/98 Convalidando decretos N° 904, 905 y 906

Ordenanza 1631/98 Presupuesto gastos 1998.

image001

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

 


1631/98

                             FECHA DE SANCION:  9  de  junio  de  1998.—-
                            NUMERO DE REGISTRO: 1426-
                            EXPEDIENTE H. C. D.  Nº 4975/97.-

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º:  Fijase en la suma de DIECISIETE MILLONES CIENTO CUATRO
——————-   MIL CUATROCIENTOS TREINTA ($ 17.104.430.00) el Presupuesto General de gastos que regirá para el Ejercicio Fiscal 1998.—

ARTICULO 2º: Estimase en la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES CIENTO
———————   CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA (17.104.430.00) el Calculo de Recursos que financiara la inversión del Presupuesto de Gastos.—

ARTICULO 3º:  Apruébese la distribución de Recursos y Gastos, identificado como
——————–   Anexo I determinados en el Proyecto elevado por el Departamento Ejecutivo, y que forma parte de la presente Ordenanza.—

ARTICULO 4º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—

1632/98 Convalidando decretos N° 904, 905 y 906

Ordenanza 1629/98 Interés Municipal Fogoneando entre 2 luces

1629/98

                             FECHA DE SANCION:   1º de Junio de 1998.—–
                            NUMERO DE REGISTRO: 1424
                            EXPEDIENTE H. C. D.  B-5104/98.-

VISTO:

              El programa radial “Fogoneando entre dos luces” que se transmite por Radio Villa Gesell, conducido por Juan Zgonc y Andrés Román, y

CONSIDERANDO:

Que, es un importante difusor de nuestra historia, nuestras leyendas y tradiciones, nuestra música folclórica y nuestra cultura en general,

Que, por sus micrófonos pasan los nacientes valores del canto y la poesía de Villa Gesell y la Región,

Que, en forma permanente se promueven encuentros y fiestas populares de la zona,

Que, su abanico de oyentes abarca Maipú, Las Armas, Mar Chiquita, General Madariaga, Pinamar y gran parte del Partido de la Costa, además de Villa Gesell, acercando su mensaje a muchos de los aislados puestos y estancias de la campaña, tal como consta en los llamados recibidos,

Que, este programa radial esta entrando en su quinto año de permanencia en el aire, lo que lo convierte en el programa folclórico decano de la radiofonía geselina,

Que, goza  del reconocimiento de gran parte de los centros tradicionalistas de la Provincia, así como de importantes cantores de trascendencia nacional que se acercaron a sus estudios,

Que, es producido por los geselinos con anunciantes también geselinos, lo que realiza el valor de su tarea pedagógica y de promoción cultural,

Que, este Honorable Concejo Deliberante apoya con agrado los proyectos culturales independientes que llevan adelante miembros de nuestra comunidad;

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: Declárese de Interés Municipal el programa radial “Fogoneando
——————-  entre dos luces” conducido por Juan Zgonc y Andrés Román, que se emite por Radio Villa Gesell.—

ARTICULO 2º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—

1632/98 Convalidando decretos N° 904, 905 y 906

1628/98 Interés Municipal Espacio y Palabra Adolescente.

1628/98

                             FECHA DE SANCION: 10  de  Junio  de  1998.—
                            NUMERO DE REGISTRO: 1423
                            EXPEDIENTE H. C. D. Nº B-5103/98.-

VISTO:

Que los alumnos/as de los 7º y 8º años del E.G.B. de la Escuela Nº 1 “Gabriela Mistral” están editando una publicación mensual, y

CONSIDERANDO:

                                   Que, tener la posibilidad de expresar lo que sentimos y pensamos constituye uno de los Derechos Humanos fundamentales,

Que, es importante alentar a las generaciones jóvenes y a los niños/as a que se expresen y valorar el caudal renovador y el juicio critico que aportan a la sociedad toda;

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º: Declárese de Interés Municipal la publicación mensual “Espacio y
——————–  Palabra Adolescente” producida por los alumnos/as del 7º y 8º años del E.G.B. de la Escuela Nº 1 “Gabriela Mistral”.—

ARTICULO 2º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—