Feb 20, 2019 | Ordenanzas, ORDENANZAS
Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1918 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria – 2018
2856/18
FECHA DE SANCIÓN: 20 de Noviembre de 2018.-
NUMERO DE REGISTRO: 2711
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-12444/18.-
VISTO:
La solicitud por parte de Rescate Verdemar, sobre un espacio en la playa para la instalación de dos containers para el rescate de fauna marina; y
CONSIDERANDO:
Que, el 6 de noviembre de 2016 se remitió la resolución nº 4519, al Departamento Ejecutivo, para que emita opinión sobre la factibilidad de poder instalar dos containers en un espacio determinado en la playa.
Que, consta de todos los dictámenes favorables, solicitados a las áreas involucradas en todo lo referido.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: Autorízase la instalación de la estación de rescate de fauna marina de acuerdo a lo
——————- establecido en el Anteproyecto presentado y a lo que determine el Departamento Ejecutivo en cuanto a predio específico de localización y condiciones constructivas y de seguridad.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Feb 20, 2019 | Ordenanzas, ORDENANZAS
Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1918 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria – 2018
2888/18
FECHA DE SANCIÓN: 7 de Febrero de 2019.-
NUMERO DE REGISTRO: 2745
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-12474/19.-
VISTO:
La Ordenanza 2787 mediante la cual el Honorable Cuerpo cedió a título gratuito, a favor del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires diferentes lotes de terreno con el cargo de finalizar las viviendas emplazadas en ellos; y
CONSIDERANDO:
Que a efectos de continuar con la construcción de tales viviendas el Instituto de la Vivienda requiere la escrituración a su nombre de tales lotes de terreno;
Que, abocada a dicha tarea la Escribanía General de Gobierno observó un error en la ordenanza oportunamente votada;
Que, en consecuencia, la Dirección de Ejecución y proyectos del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires informo la necesidad de que este Honorable Cuerpo rectifique la Ordenanza nº 2787.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Modifíquese el Artículo 1º de la ordenanza Nº 2787 el que quedará redactado de la
—————— siguiente manera:
“…ARTÍCULO 1º: Cédase a título gratuito, a favor del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires el dominio sobre los inmuebles
denominados catastralmente como:
Circunscripción VI; Sección H; Manzana, 147, Lotes de 1 a 16
Circunscripción VI; Sección H; Manzana 148, Lote 2 a 9
Circunscripción VI; Sección H; Manzana 138, Lote 1 a 6, 9, 19, 20, 10, 11 y 12.
Circunscripción VI; Sección H; Manzana 4, Lotes 6 a 11,
Circunscripción VI; Sección H; Manzana 5 Lotes 6 a 17.
Las planchetas catastrales de los inmuebles mencionados y sus certificados Urbanísticos se adjuntan como anexo I de la presente Ordenanza…”
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Feb 20, 2019 | Ordenanzas, ORDENANZAS
Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1918 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria – 2018
2885/18
FECHA DE SANCIÓN: 4 de Enero de 2019.-
NUMERO DE REGISTRO: 2742
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-12461/19.-
VISTO:
El Expediente D-12461/19, iniciado por el Departamento Ejecutivo sobre la Licitación Privada 029/2019 para la contratación del “Servicio de Recolección y Disposición Final de Residuos Patogénicos, Radiológicos y Líquidos Radiográficos” del Hospital Municipal y Centros Periféricos; y
CONSIDERANDO:
Que, obra en el expediente el dictamen suscripto por los miembros de la Comisión de Pre – Adjudicación y el acto administrativo en el que el Intendente Municipal solicita autorización para adjudicar la Licitación Privada al oferente que cumple con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones;
Que, consta en el expediente el cumplimiento de los requisitos administrativos necesarios para aceptar la oferta;
Que, según consta en el Art. 14 del PBC en sus Cláusulas Generales, la recolección de los residuos patológicos y/o patogénicos y líquidos radiográficos deberá hacerse en el Hospital Municipal, Caps. Centro, Caps Norte, Caps. Sur y Caps. Mar Azul;
Que, la oferta presentada es evidentemente conveniente para la comuna y en atención a lo indicado en el Art. 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Art. 187º del Reglamento de Contabilidad de la Provincia de Buenos Aires, la aceptación de la oferta debe ir acompañada de la convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizase a adjudicar la Licitación Privada Nº 29/19, para la contratación del
—————— “Servicio de Recolección y Disposición Final de Residuos Patogénicos, Radiológicos y Líquidos Radiográficos” del Hospital Municipal y Centros Periféricos por la suma de $ 2.002.000 (Pesos Dos Millones Dos Mil) a la firma Sistemas Ambientales S.A., en cumplimiento del Art. 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades. —
ARTICULO 2º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Feb 20, 2019 | Ordenanzas, ORDENANZAS
Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1918 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria – 2018
2884/18
FECHA DE SANCIÓN: 4 de Enero de 2019.-
NUMERO DE REGISTRO: 2741
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-12460/19.-
VISTO:
El Expediente D-12460/19, iniciado por el Departamento Ejecutivo sobre la Licitación Privada 032/2019 para la adquisición de un “Vehiculo Camioneta tipo Pick Up 4×4, 0 Km.”; y
CONSIDERANDO:
Que, obra en el expediente el dictamen suscripto por los miembros de la Comisión de Pre – Adjudicación y el acto administrativo en el que el Intendente Municipal solicita autorización para adjudicar la Licitación Privada al oferente que cumple con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones;
Que, consta en el expediente el cumplimiento de los requisitos administrativos necesarios para aceptar la oferta;
Que, el vehiculo citado en el visto, cuenta con las características que son solicitadas en el Art. 12º del PBC en sus Cláusulas Particulares, doble cabina, doble tracción, aire acondicionado, dirección hidráulica y motor 2.0, el cual será afectado a la Secretaria de Seguridad, específicamente a la Guardia Urbana Municipal de Villa Gesell;
Que, la oferta presentada es evidentemente conveniente para la comuna y en atención a lo indicado en el Art. 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Art. 187º del Reglamento de Contabilidad de la Provincia de Buenos Aires, la aceptación de la oferta debe ir acompañada de la convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Autorizase a adjudicar la Licitación Privada Nº 32/19, para la adquisición de
——————- “Vehiculo Camioneta tipo Pick Up 4×4, 0 Km.” Por la suma de $ 1.300.000 (Pesos Un Millón Trescientos Mil) a la firma Burg S.A., en cumplimiento del Art. 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades. —
ARTICULO 2º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Feb 20, 2019 | Ordenanzas, ORDENANZAS
Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1918 – Año del Centenario de la Reforma Universitaria – 2018
2883/18
FECHA DE SANCIÓN: 4 de Enero de 2019.-
NUMERO DE REGISTRO: 2740
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-12459/19.-
VISTO: El Expediente 12459/19; y
CONSIDERANDO:
Que, por el citado el Departamento Ejecutivo eleva expediente solicitando se lo autorice a aceptar la donación por parte del Servicio de Atención Medica de Emergencias de la Provincia de Buenos Aires, de un móvil, el cual será afectado al Servicio de Ambulancias de Villa Gesell;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Acéptese la donación por parte del Servicio de Atención Médica de
——————-Emergencias de la Provincia de Buenos Aires, la cual consta de un vehiculo marca Fiat Ducato Maxicargo 2.3 JTD, dominio AC451CR.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—