Jun 8, 2017 | Sin categoría

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1945/04
FECHA DE SANCIÓN: 3 de Mayo de 2004.-
NUMERO DE REGISTRO: 1762
EXPEDIENTE H.C.D. N º: C-6835/04.-
VISTO:
Que, la Escuela Especial nº 501 de nuestra ciudad no cuenta con edificio propio; y
CONSIDERANDO:
Que, el inmueble en donde se encuentra actualmente es propiedad de la Policía de la Provincia de Buenos Aires;
Que, la ubicación y el estado de las instalaciones educativas no son las apropiadas para su funcionamiento;
Que, es necesaria y urgente la construcción de una escuela para alumnos con capacidades especiales en Villa Gesell;
Que, dicho proyecto es un viejo anhelo de la Comunidad Geselina;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Cédase a la Provincia de Buenos Aires, con destino a la
– – – – – – – – – – – – Dirección General de Cultura y Educación, el inmueble denominado catastralmente Circunscripción VI, Sección B, Manzana 22d, Parcela 14, cuya superficie es de 1.530 metros cuadrados de la ciudad de Villa Gesell, de acuerdo al ANEXO I.- – –
ARTICULO 2º: El inmueble será destinado exclusivamente para la construcción
– – – – – – – – – – – – del edificio de la Escuela Especial nº 501, dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación.- – –
ARTICULO 3º: Los gastos de escrituración y dominio estarán a cargo de la
– – – – – – – – – – — Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.- – –
ARTICULO 4º: Establézcase como plazo máximo para el inicio de las obras, dos
– – – – – – – – – – – (2) años, a partir de la promulgación de la presente.- – –
ARTICULO 5º: En caso que las obras no se inicien en el plazo establecido por la
– – – – – – – – – – – – – presente, el inmueble donado volverá a propiedad de este municipio.- – –
ARTICULO 6º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –
Jun 8, 2017 | Sin categoría

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1944/04
FECHA DE SANCIÓN: 19 de Abril de 2004.-
NUMERO DE REGISTRO: 1761
EXPEDIENTE H.C.D. N º: C-6865/04.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Amplíese por 90 (noventa) días el plazo establecido en la
– – – – – – – – – Ordenanza Nº 1935/03, modificatoria del Artículo 4º de la Ordenanza Nº 1895/02 en referencia a la presentación de la documentación técnica de las construcciones a regularizar.- – –
ARTICULO 2º: Para la aprobación final de la carpeta de Obra en la Dirección de
– – – – – – – – – – – – Obras Particulares de la Municipalidad de Villa Gesell, el suscripto deberá estar al día con las Tasas Municipales o acogerse a un plan de pago de acuerdo a la modalidad vigente.- – –
ARTICULO 3º: Comuníquese, dese al registro oficial y cumplido archívese.- – –
Jun 8, 2017 | Sin categoría

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1943/04
FECHA DE SANCIÓN: 5 de Marzo de 2004.-
NUMERO DE REGISTRO: 1759
EXPEDIENTE H.C.D. N º: D-6776/03.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébase la nómina de Mayores Contribuyentes del Partido de
– – – – – – – – – – – Villa Gesell, según ANEXO I.- – –
ARTICULO 2 º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –
Jun 8, 2017 | Sin categoría

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1942/04
FECHA DE SANCIÓN: 5 de Marzo de 2004.-
NUMERO DE REGISTRO: 1760
EXPEDIENTE H.C.D. N º: D-6810/03
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Convalidase el Decreto N º 1279/03 (Plan Facilidades de Pago) de
– – – – – – – – – – – fecha diecisiete (17) de Diciembre de dos mil tres (2003), dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, que forma parte del presente ANEXO I.- —
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –
Jun 8, 2017 | Sin categoría

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1941/04
FECHA DE SANCIÓN: 14 de Enero de 2004.-
NUMERO DE REGISTRO: 1758
EXPEDIENTE H.C.D. : D-6823/04.-
VISTO:
El temporal sucedido el día veintiocho (28) de Diciembre de dos mil tres (2003); y
CONSIDERANDO:
Que dicho temporal afectó, en gran medida, varias Unidades Turísticas Fiscales,
Que por la cercanía de la Temporada Alta, era necesario tomar medidas de manera urgente,
Que ante esta situación el Departamento Ejecutivo Municipal ha dictado dos (2) Decretos, a efectos de tomar medidas paliativas y de prevención;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Convalídense los Decretos N º 1371/03 y 1372/03 dictados por
– – – – – – – – – – — el Departamento Ejecutivo Municipal.- – –
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –