Ordenanza 2695/16

Ordenanza 2695/16

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

2016 – Año del Bicentenario

2695/16 

                            FECHA DE SANCIÓN: 21 de Noviembre de 2016.-
                            NUMERO DE REGISTRO: 2525
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: A-10768/16.-

 

VISTO:

              El Expediente nº 10768/16 Asociación Propietarios de Taxis solicitan aumento de tarifa; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que, es competencia del Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell fijar la Tarifa a aplicar;

Que, la realidad indica que la ultima actualización de tarifa se produjo en el mes de Noviembre de 2015, existiendo a la fecha, la clara necesidad y pertinencia de readecuarla en virtud de la prestación del servicio en todo el Partido de Villa Gesell.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º: Autorizase la siguiente Tarifa para el Servicio Publico de Automóviles
——————   de alquiler con Taxímetro, a saber:

  1. a) Baja de Bandera: $ 22.-
  2. b) Valor y caída de ficha: $1,75 cada 110 metros.-
  3. c) La ocupación del baúl y/o asientos del vehiculo para equipajes de los Pasajeros será sin cargo.—

 

ARTÍCULO 2º: La presente Ordenanza será de aplicación a partir del 1º de Diciembre
——————  del año 2016.—

 

ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2695/16

Ordenanza 2694/16

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

2016 – Año del Bicentenario

2694/16 

                           FECHA DE SANCIÓN: 21 de Noviembre de 2016.-
                           NUMERO DE REGISTRO: 2526
                           EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-10755/16.-

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal el llamado a
——————- licitación pública para la contratación del Servicio de Recolección y Transporte de Residuos Sólidos Urbanos en el Partido de Villa Gesell.—


ARTICULO 2°:
Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones que se encuentra
——————- adjuntado en el expediente 10755/16 con las modificaciones introducidas en la Comisión de Obras, Transporte y Servicios Públicos.—

 

ARTICULO 3°: Autorízase el compromiso de ejercicios futuros debiendo el
——————-   Departamento Ejecutivo prever partidas suficientes para atender el pago de este Servicio Público en los términos del artículo 273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.—

 

ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2695/16

Ordenanza 2693/16

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
  ————

2016 – Año del Bicentenario

2693/16 

                             FECHA DE SANCIÓN: 21 de Noviembre de 2016.-
                            NUMERO DE REGISTRO:  2524
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: 10598/16.-

 

VISTO:

El expediente Nº 10598/16; y

 

CONSIDERANDO:

Que es necesario reformular la ordenanza Nº 2545/14 debido a las necesidades planteadas por los prestadores del Servicio Público de Automóviles de Alquiler de Taxímetro.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTÍCULO 1º: Modificase el Artículo 41º de la Ordenanza 2545/14 quedando
——————- redactado de la siguiente manera:

           ARTÍCULO 41º: Fíjense las siguientes Paradas de Automóviles de Alquiler  con
———————-   Taxímetro y la cantidad de autos máximos de acuerdo al detalle, a saber:

Parada “A”: Paseo 105 e/ Av. 3 y 3 bis: hasta 6 coches.-

Parada “B”: Paseo 107 e/ Av. 3 y Av. 2: hasta 6 coches.-

Parada “C” Paseo 141 e/ Av. 3 y 4: hasta 10 coches.-

Parada “D”: Boulevard Silvio Gesell y Paseo 100.-

Parada “E”: Paseo 109 e/ Av. 3 y 2: hasta 6 coches.-

Parada “F”: Aeropuerto Villa Gesell.-

Parada “G”, Santa María y El Lucero.-

Parada “H”, Paseo 104 y Av.3: hasta 6 coches.-

Parada “I”: Alameda 204 y Avenida Buenos Aires, esquina Noreste.-

Parada “J”: Pueblo Limite

Parada “k”: Paseo 111 e/Av 3 y 4.-

 

ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a reglamentar la instalación
——————- de los puestos de la parada J y K para llegar un mejor funcionamiento al transito.—

ARTÍCULO 3º: Modificase el Articulo 45º de la ordenanza 2545/14 quedando redactado
——————- de la siguiente manera:

ARTICULO 45º: En caso de fallecimiento o incapacidad física permanen-
———————- te o temporaria del propietario de la licencia podrá ser transferida a sus herederos. En caso de que el primer titular de una licencia o sus herederos no puedan o no quieran hacer uso de la licencia, podrán transferirla por única vez, quedando establecido que el nuevo concesionario no podrá disponer de dicha licencia para su venta y en caso de hacerlo, la perderá. La misma volverá a otorgarse a otro aspirante por este Honorable Concejo Deliberante. En caso de transferencia temporaria no podrá exceder el periodo de un año calendario, se establece un canon equivalente a 2000 módulos, que deberán ser abonados en la Municipalidad en un solo pago al momento de la transferencia temporarea, teniendo previa autorización de la Dirección  Legal y Técnica cumplimentando los requisitos establecidos en el ARTICULO 6º de la Ordenanza 2545/14 en sus incisos a) b) c) d) e) g) h) y j).————

 

ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2695/16

Ordenanza 2692/16

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2016 – Año del Bicentenario

2692/16

                            FECHA DE SANCIÓN: 21 de Noviembre de 2016.-
                            NUMERO DE REGISTRO: 2530
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-10420/16.-

 

VISTO:  

               El Expediente Letra B 10420/16 ; y

 

CONSIDERANDO:

Que la competencia tiene características internacionales y las empresas de cuatris, motos y accesorios montan carpas de promoción y ventas en el predio resultando beneficioso para el organizador;

 

Que existe un sector de gradas en el que se cobra su acceso preferencial, cobro que es particular de los organizadores;

 

Que de cobrarse un bono contribución en el predio  del circuito se beneficiaría la comunidad de Villa Gesell para dar respuestas a las necesidades de insumos para el Hospital por ejemplo, a las escuelas públicas de Villa Gesell, Cruz Roja, Bomberos Voluntarios;

 

Que la recaudación estaría sujeta al control por parte de una comisión mixta para transparentar los actos que surjan de este suceso.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTÍCULO 1º:  Autorícese a las instituciones mencionadas en la presente a la venta de
——————-  un BONO CONTRIBUCIÓN en el precio municipal donde se llevará a cabo la carrera del ENDURO DEL VERANO de cada año, de acuerdo a lo determinado en esta Ordenanza.—

 

ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo determinará el valor de un bono
——————-  contribución voluntario cuyo valor máximo no podrá superar los 13 módulos según el Código Tributario Fiscal vigente.—


ARTÍCULO 3º
: Las Instituciones que serán beneficiadas con la presente son la
——————- Asociación Cooperadora del Hospital Municipal de Agudos “Arturo Illia”, la Cruz Roja Argentina, filial Villa Gesell y las asociaciones de Cooperadoras Escolares –- Villa Gesell, esta última destinará en partes proporcionales a cada Asociación Cooperadora de Villa Gesell.—

 

ARTÍCULO 4°: Queda la Secretaría de Turismo de la Municipalidad de Villa Gesell
——————-  autorizada a:

  1. A) reglamentar la presente junto a las instituciones a los que se les destinará lo recaudado
  2. B) efectuar las impresiones de bonos y personal, sean de cada Institución enumerada en el artículo precedente en cabinas u oficinas céntricas asignadas a la misma, en los días previos, tal como se hace en la Fiesta de la Diversidad Cultural con la Paella de la Amistad o en la Chocogesell o en el momento de desarrollarse el espectáculo ENDURO DEL VERANO
  3. promocionarlo en cada gacetilla de difusión en todo los Medios.
  4. D) Y toda otra acción que beneficie los fines de la presente

 

ARTÍCULO 5 º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2691/16

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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2016 – Año del Bicentenario

2691/16 

                            FECHA DE SANCIÓN: 21 de Noviembre de 2016.-
                            NUMERO DE REGISTRO: 2523
                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-10732/16.-

VISTO:

              El expediente nº 10732/16 mediante el cual tramita la convalidación del convenio celebrado entre la Municipalidad de Villa Gesell y Luis Federico García Balcarce; y

 

CONSIDERANDO:

                                  Que la Comisión interviniente ha tenido en consideración el convenio mencionado;

Que dicho convenio es conveniente para la Municipalidad de Villa Gesell y es necesaria su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Convalidase el Convenio nº 001-382-2016 suscripto con fecha 23 de
——————-   Septiembre de 2016 con el Señor Luis Federico BALCARCE, en representación de la Señora LELOIR de GARCIA BALCARCE, conforme poder General de Administración y Disposición, obrante a Fojas 16 a 23, adjuntado a Fojas 3 y 4 del Expediente 10732/16 en los términos del Artículo 41º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.—

 

ARTICULO 2º:  Acéptese el desplazamiento  de la traza del Paseo 132 desde su
——————    intersección con la Avenida  Circunvalación Roberto SORIA, hasta la Avenida 32 según consta en el plano adjunto al convenio convalidado.—

 

ARTICULO 3º:  Acéptese la modificación de la traza del Paseo 135 la cual quedará
——————-   según consta en el plano adjunto al Convenio que se convalida con la presente.—

 

ARTICULO 4º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—