Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2409/11
FECHA DE SANCIÓN: 7 de Junio de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2233
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9162/11 .-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Apruébase la Nomina de Mayores Contribuyentes del Partido de Villa Gesell, Según
—————— Anexo I.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—
A N E X O I
PROTO, Patricio
MONTAÑEZ, Marta Irene
ECHANDIA, Saúl Mario
HOLES, Néstor E.
GUERRA, Abrahán
CARINO, Alejandro
DEL GROSSO, Blas
MOLINA, Adriana
ANGELINI, Leonardo
FIORITI, Marcelo
SALVATIERRA, Blanca
RODRÍGUEZ, Antonio
SALTO, Santiago
FERNÁNDEZ DEL CAMPO, María Alejandra
GUTIERREZ, Mónica
LEALI TONINI, Carlos
ALONSO, Rubén Adrián
RONCORONI, Antonio
ALVAREZ, Rubén
ALVAREZ, Sebastian
GUTIERREZ, Rosa
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Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2410/11
FECHA DE SANCIÓN: 21 de Junio de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2234
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: 9165/11.-
VISTO:
La necesidad de crear el “Fondo Municipal Permanente para la Vivienda de Interés Social”, de acuerdo al requerimiento del Instituto Provincial de la Vivienda y la autorización otorgada al Sr. Intendente Municipal por el Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell, bajo Ordenanza 2338; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario disponer la apertura de una Cuenta Especial a la que se le imputaran los recursos y la aplicación de los mismos, según lo que refieran los convenios pertinentes firmados o a firmar con el Instituto Provincial de la Vivienda.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Créase la Cuenta Especial, “FONDO MUNICIPAL PERMANENTE PARA LA
—————— VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL”, cuyo crédito estará formado por los recursos provenientes de:
a) El 35% (Treinta y cinco por ciento) de los reintegros que, el Municipio deba hacer al Instituto Provincial de la Vivienda según esté previsto en los convenios ya firmados, o que la Municipalidad de Villa Gesell firme en el futuro.-
b) Las Partidas que se aprueben anualmente por el Presupuesto General de Gastos.-
c) Las Adecuaciones y Legados que se destinen al “Fondo Municipal Permanente para la Vivienda de Interés Social”.-
d) El saldo existente en la Tesorería Municipal, en las Cuentas de Afectación y Terceros , que hayan incorporado los cobros de los adjudicatarios o titulares de los Planes de Viviendas Municipales efectuados con la operatoria del Instituto Provincial de la Vivienda, Plan 18 Viviendas, Programa 16 Viviendas y su ampliación, Pro Casa I y II, Plan Novios, Plan 42 Viviendas.-
e) Cualquier otro ingreso que sea determinado por Ordenanza.—
ARTICULO 2º: El saldo conformado, según el articulo anterior, estará destinado a beneficiar
—————— exclusivamente a Planes y Programas Sociales de la Vivienda cuyo grupo social demuestre una capacidad de ahorro que garantice la recuperación de la inversión.—
ARTICULO 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a reglamentar la presente Ordenanza.—
ARTICULO 4º: Derógase la Ordenanza Nº 553 y modificatorias.—
ARTICULO 5º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2411/11
FECHA DE SANCIÓN: 21 de Junio de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2235
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9021/10.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Convalídase el Convenio de obra “Paradores Turísticos Integrados para Personas
—————— con Capacidades Diferentes”, firmado por el Señor Intendente Municipal Dr. Jorge Rodríguez Erneta y Ministra de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires, Arquitecta Cristina Álvarez Rodríguez .—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2412/11
FECHA DE SANCIÓN: 4 de Julio de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2236
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9170/11.-
VISTO:
La Ley Nacional Nº 23623 por la cual se crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial; y
CONSIDERANDO:
Que la misión de la Agencia Nacional de Seguridad Vial es reducir la tasa de siniestralidad en el País mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, nacional e internacional;
Que entre las misiones principales se encuentran las campañas de difusión y concientización, el control y fiscalización del transito y la constitución de un sistema de antecedentes de transito y estadísticas accidentolgicas y la creación de un mapa de riesgo y puntos negros o de conflictos viales dentro de la trama urbana.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: La Municipalidad de Villa Gesell adhiere a la Ley Nacional Nº 23623 por la cual se
—————— crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial, organismo descentralizado del Ministerio de Interior, con autarquía económica financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuación en el ámbito del derecho publico y privado, la que tendrá como misión la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional mediante la promoción coordinador, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, nacionales e internacionales, receptada por la Provincia de Buenos Aires a través de la Ley 13.927.—
ARTICULO 2º: La Municipalidad de Villa Gesell adhiere al proyecto de Seguridad Vial para el Partido
—————— de Villa Gesell. Se autoriza la suscripción y la aprobación del Acuerdo de Participación con Provincias y Municipios para la implementación de dicho proyecto con la Agencia Nacional de Seguridad Vial y demás actos atinentes a la puesta en vigencia del mismo.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Nov 25, 2014 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2413/11
FECHA DE SANCIÓN: 8 de Julio de 2011.-
NUMERO DE REGISTRO: 2237
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9199/11.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º:Convalídase el Convenio de FORTALECIMIENTO LOGISTICO firmado entre la
—————– Municipalidad de Villa Gesell y el Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia de Buenos Aires.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—