Ordenanza 2442/11

Ordenanza 2442/11

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

2442/11

 

                         FECHA DE SANCIÓN: 21 de Noviembre de 2011.-

                         NUMERO DE REGISTRO: 2267

                         EXPEDIENTE H.C.D. Nº: S-9266/11.-

 

 

VISTO:

La solicitud efectuada por Expediente S-9266/11 en referencia a la actualización de la tarifa del servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro por parte de las Asociaciones representantes de los propietarios de Taxis, y;

 

CONSIDERANDO:

Que, es menester del Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell evaluar y aprobar las Tarifas a aplicar por la prestación del servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro, de acuerdo al Artículo 46º de la Ordenanza Nº 1823/01.

Que, la realidad indica que la última actualización de tarifa se produjo el 15 de noviembre de 2010, existiendo a la fecha, la clara necesidad y pertinencia de readecuarla en virtud de la prestación del servicio en todo el Partido de  Villa Gesell.

 

        

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTÍCULO 1º:Autorízase la siguiente Tarifa para el servicio público de automóviles de alquiler con

—————— taxímetro, a saber:

a) Bajada de Bandera $5,95.-

b) Valor y caída de ficha $ 0,50 cada 110 metros.

c) La ocupación del baúl y/o asientos del vehículo para equipajes de

los pasajeros, será sin cargo.—

 

 

ARTÍCULO 2°:Deróguese la Ordenanza 2356/10.—

 

 

ARTÍCULO 3º:Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2442/11

Ordenanza 2443/11

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

2443/11

 

                         FECHA DE SANCION: 21 de Noviembre de 2011.-

                         NUMERO DE REGISTRO: 2268

                         EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9279/11.-

 

 

VISTO:

    Lo informado en el Expediente Municipal N° 4359/11 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell, y;

 

CONSIDERANDO:

Que el Señor RIOS ALVAREZ GUALBERTO FELIPE con D.N.I. N° 92.650.111 fue adjudicatario mediante Ordenanza de N° 753 de fecha 04 de diciembre de 1989 de la vivienda cuyos datos catastrales son VI-H-67-15, del Plan “PRO CASA”, y en conformidad con lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica donde se solicita luna modificación de la Ordenanza citada se resuelve que se lleve a cabo el reemplazo del Señor Ríos Álvarez Gualberto Felipe por la real y actual adjudicataria la Señora ANDRADA HORTENCIA ALICIA con el D.N.I. N° 11.641.847 a los efectos de regularizar la situación dominial y así proceder a efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

ARTICULO 1°:Adjudíquese la vivienda cuyos datos catastrales son Vl-H-67-15 a la Señora ANDRADA

——————  HORTENCIA ALICIA con el D.N.I. N° 11.641.847 por haber estado conviviendo con el Señor Ríos Álvarez con D.N.I. N° 92.650.111, en el inmueble adjudicado, con el cual tienen dos hijos en común y en virtud de mediar con fecha 09 de septiembre de 2011 cesión a favor de la Señora Andrada por parte del Señor Ríos Álvarez en virtud de la presente.—

 

 

ARTÍCULO 2°A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1° se tiene en cuenta la condición social

——————   de la vivienda en su carácter de vivienda única, familiar y de ocupación permanente y ser una cuestión de interés social.—

 

 

ARTICULO 3°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

 

Ordenanza 2442/11

Ordenanza 2444/11

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

2444/11

 

                            FECHA DE SANCION: 21 de Noviembre de 2011

                            NUMERO DE REGISTRO: 2269

                            EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9280/11

 

VISTO:

    Lo informado en el Expediente Municipal N°4413/11 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell, y;

 

CONSIDERANDO:

Que el Señor BORRELLO, Alberto Natalio con D.N.I. N° 13.196.762 fue adjudicatario mediante Ordenanza de N° 664 de fecha 19 de diciembre de 1988 de la vivienda cuyos datos catastrales son VI-H-135-3, del Barrio la Carmencita, Plan PROCASA, y en conformidad con lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica donde se solicita luna modificación de la Ordenanza citada se resuelve que se lleve a cabo el reemplazo del Señor Borello, Alberto Natalio por la real y actual adjudicataria la Señora PEREYRA NÉLIDA DEL CARMEN con el D.N.I. N° 11.095.286 a los efectos de regularizar la situación dominial y así proceder a efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno.-

 

         Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

ARTICULO 1°: Adjudíquese la vivienda cuyos datos catastrales son Vl-H-135-3  a la Señora Pereyra

——————–Nélida del Carmen con el D.N.I. N° 11.095.286 por haber estado conviviendo desde el año 1978 con el Señor Borello Alberto con D.N.I. N° 13.196.762, en el inmueble adjudicado, y en virtud de mediar cesión a favor de la Señora Pereyra por parte del Señor Borello en virtud de la presente.—

 

 

ARTÍCULO 2°A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1° se tiene en cuenta la condición social

—————– de la vivienda en su carácter de vivienda única y de ocupación permanente y ser una cuestión de interés social.—

 

 

ARTICULO 3°:Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

Ordenanza 2442/11

Ordenanza 2445/11

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

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2445/11

 

                           FECHA DE SANCION: 21 de Noviembre de 2011.-

                           NUMERO DE REGISTRO: 2270

                           EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9282/11.-

 

 

VISTO:

    Lo informado en el Expediente Municipal N° 4948/11 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell, y;

 

CONSIDERANDO:

Que el Señor RODRIGUEZ, Victoriano, con D.N.I. N° 5.386.360, fue adjudicatario mediante Ordenanza N° 753 de fecha 04 de diciembre de 1989 de la vivienda cuyos datos catastrales son VI-H-67-13, y en conformidad con lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Legal Técnica, donde se solicita una modificación de la ordenanza citada, se resuelve que se lleve a cabo el reemplazo del Señor Rodríguez Victoriano por la real y actual adjudicataria la Señora MolinaMaría Fabiana con el D.N.I. N° 20.480.384 a los efectos de regularizar la situación dominial y así proceder a efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno.-

 

 Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1°: Adjudíquese la vivienda indicada cuyos datos catastrales son Vl-H-67-13 a la
———————— Señora MOLINA MARÍA FABIANA con el D.N.I N° 20.480.384, por haberle comprado la vivienda al Señor Rodríguez Victoriano por razones de salud, a los efectos de gestionar ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires la escrituración del bien inmueble.—
 
 
ARTÍCULO 2°: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1° se tiene en cuenta la condición
———————— social de la vivienda en su carácter de vivienda única y de ocupación permanente y ser una cuestión de interés social.—
 
 
ARTICULO 3°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
 
Ordenanza 2442/11

Ordenanza 2446/11

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

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2446/11

 

                           FECHA DE SANCIÓN: 21 de Noviembre de 2011.-

                           NUMERO DE REGISTRO: 2271

                           EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9287/11

 

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

 

ARTICULO 1º: Facúltase al Señor Intendente Municipal, Doctor JORGE RODRÍGUEZ ERNETA

——————  a firmar un convenio con la Comisión de Planificación y Coordinación estratégica dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación por el programa N.A.C. (Núcleo de Acceso al Conocimiento).—

 

 

ARTICULO 2º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—