Abr 21, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2617/15
FECHA DE SANCIÓN: 16 de Noviembre de 2015.-
NUMERO DE REGISTRO: 2450
EXPEDIENTE H.C.D Nº: D-10220/15.-
VISTO:
El Expediente 10220/15 iniciado por el Departamento Ejecutivo; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado expediente se tramita la aprobación de los planos para la ampliación de la Clínica Privada del Sol;
Que dicha clínica es la única prestadora de salud privada y resulta de vital importancia para nuestra comunidad por cuanto la misma se compromete a trabajar mancomunadamente con el Hospital local y colaborar con el mismo en todo lo que permita su capacidad operativa a fin de complementar las prestaciones.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a autorizar la
——————- ampliación de 287 m2 de la obra de la Clínica Privada del Sol ubicada en la parcela designada catastralmente como Circ. VI, Secc. A, Manzana 232a, Parcela 6 según plano adjuntado a fojas 66 del Expediente 10220/15.—
ARTICULO 2º: La ampliación propuesta deberá ser destinada exclusivamente al uso de
——————- habitaciones de internación.—
ARTICULO 3º: El proyecto deberá resolver dentro del predio la absorción de los
——————- excedentes pluviales de acuerdo a la normativa vigente de pozos blancos.—
ARTICULO 4º: La Clínica Privada del Sol tendrá un plazo para la construcción total
——————- tendrá un plazo de tres (3) años para la finalización total de las obras, caso contrario la excepción dispuesta quedará sin efecto.—
ARTICULO 5º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Abr 21, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2616/15
FECHA DE SANCIÓN: 16 de Noviembre de 2015.-
NUMERO DE REGISTRO: 2449
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-10214/15.-
VISTO:
El tránsito de cuatriciclos en la zona norte del partido; y
CONSIDERANDO:
Que durante todo el año se produce el tránsito de gran cantidad de motos y cuatriciclos, lo cual se agrava sensiblemente durante la época de temporada.
Que el tránsito de estos vehículos atenta contra la seguridad y la tranquilidad de los habitantes del barrio.
Que además suelen juntarse grupos para ir a la zona de playa y médanos y ello suele transformarse en verdaderas carreras cruzando la zona norte de nuestra ciudad.
Que el punto de encuentro habitual suele ser la rotonda de los pinos, sobre boulevard para transitar luego por el boulevard norte, calles 307, 309 y 312 para llegar a la zona de playa.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Crease un circuito para el tránsito exclusivo de motos, cuatriciclos y
——————- todo otro vehículo de tipo deportivo que deseen acceder a la zona de playa y médanos de la zona norte del Partido de Villa Gesell.—
ARTICULO 2°: El circuito deberá ser demarcado por la Dirección de Servicios Públicos
——————- de la Municipalidad de Villa Gesell según el siguiente trazado: por la proyección de la Av. Circunvalación desde la Calle 304 hasta el límite norte de la fracción Quinta 1, parcela 1a; luego hacia el este por la divisoria de las fracciones 10ae y 11 con la Quinta 1, las manzanas 1e, 415, 453, 432, 433, y las fracciones 19fa, 19fb, VI y 19ex.—
ARTICULO 3°: El Departamento Ejecutivo deberá indicar en el acceso a Villa Gesell
——————– acerca del circuito delimitado para circular con motos y cuatriciclos con rumbo a la zona de playa y médanos de la zona norte.—
ARTICULO 4°: El Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección de Tránsito deberá
—————— establecer controles en los accesos al Barrio Norte a efectos de concientizar acerca de las zonas permitidas.—
ARTICULO 5°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Abr 21, 2016 | Sin categoría

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2615/15
FECHA DE SANCIÓN: 16 de Noviembre de 2015.-
NUMERO DE REGISTRO: 2448
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-10356/15.-
VISTO:
El Expediente 10356/15 iniciado por el Departamento Ejecutivo; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado expediente se tramita la aprobación de los planos para la construcción de la sede de FUNDAMUN para la realización de un Centro de Rehabilitación Hidroterapeutico en nuestra localidad;
Que dicho centro resulta de importancia para nuestra comunidad en cuanto al tratamiento de las diversas patologías que allí se brindaran;
Que de acuerdo a lo informado por el Departamento Ejecutivo Municipal a fojas 22 resulta de interés inclusive para ampliar la oferta terapéutica a nivel local.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a través de las áreas
——————– técnicas correspondientes a autorizar la mensura y subdivisión del remanente de la parcela designada catastralmente como Circunscripción VI, Sección B, Quinta 3, Parcela 10a de Villa Gesell según plano de mensura adjuntado como ANEXO I presentado por el Agr. Mario Tomac para generar una parcela destinada a la Fundación FUNDAMUN de Villa Gesell con un total de 3.137,56 m2..—
ARTICULO 2º: Autorízase la excepción a los indicadores y los usos dispuestos por el
——————– Código de Ordenamiento Urbano vigente sancionado mediante Ordenanza 2051/06 para la realización de la obra del Centro de Rehabilitación Hidroterapeútico a llevarse a cabo por la Fundación FUNDAMUN en la parcela a crearse según lo dispuesto en el artículo 1º de la presente Ordenanza.—
ARTICULO 3º: Facultase al Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección de Obras
——————- Particulares a aprobar los permisos de obra correspondientes al proyecto adjuntado como ANEXOS II, III y IV de la presente Ordenanza con un total de 2.094,90 m2 destinado a la construcción del Centro de Rehabilitación Hidroterapeútico.—
ARTICULO 4º: La Fundación FUNDAMUN tendrá un plazo de TRES (3) años para el
——————- inicio de las obras autorizadas. Vencido ese plazo sin que las obras hayan sido comenzadas la particularidad dispuesta en el Artículo 2º quedará sin efecto.—
ARTICULO 5º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Abr 21, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2614/15
FECHA DE SANCIÓN: 2 de Noviembre de 2015.-
NUMERO DE REGISTRO: 2447
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-10355/15.-
VISTO:
El Expediente D-10355/15 presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal; y;
CONSIDERANDO:
Que, en el mismo solicita el uso de una prorroga de treinta días para elevación del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos que regirán para el ejercicio 2016, cuyo plazo legal establecido por el Art. 109 de la Ley Orgánica Municipal venció el 31 de Octubre del corriente.
Que el pedido se fundamenta de acuerdo a lo normado en el Artículo 36º de la Ley Orgánica Municipal, Decreto Ley 6769/58.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Prorrógase el plazo para la presentación del Presupuesto de Gastos y
——————- Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2016 hasta el 30 de Noviembre de 2015.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y cumplido archívese.—
Abr 21, 2016 | Ordenanzas, ORDENANZAS

Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2608/15
FECHA DE SANCIÓN: 7 de Septiembre de 2015.-
NUMERO DE REGISTRO: 2441
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-10274/15.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Facultase al Departamento Ejecutivo a firmar Convenio entre la
——————- Municipalidad de Villa Gesell y el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, en el marco del “Programa de Apoyo a la Inversión de Sectores Sociales de la Provincia de Buenos Aires, Préstamo BID 1700-OC/AR”.—
ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—