Resolucion 3978

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

                                 FECHA DE SANCIÓN: 4 de Agosto de 2014.-

                                 NUMERO DE REGISTRO: 3978

                                 EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-9840/14.-

 

VISTO:

              La frecuencia con la que se suceden los hechos de inseguridad en el Partido de Villa Gesell; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que, la complejidad de los hechos delictivos demanda muchas veces el auxilio de la Policía Científica para resolverlos;

                                    Que, dicha dependencia Policial tiene asiento en el Partido de la Costa;

                                     Que, únicamente se instala con sentido de permanencia en Villa Gesell durante los meses de verano.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

R  E  S  O  L  U  C  I  O  N

 

 

PRIMERO:  Solicítase a la Jefatura Departamental de Pinamar de la Policía de la Provincia de

————- Buenos Aires realice las actuaciones pertinentes a fin de instalar una Delegación de Policía Científica con carácter permanente en el Partido de Villa Gesell.—

 

 

SEGUNDO:  Solicítase a la Subsecretaría de la Superintendencia General de Policía de la Provincia

————-  de Buenos Aires, Sr. Hugo Matzkin, realice las actuaciones pertinentes a fin de instalar una Delegación de Policía Científica con carácter permanente en el Partido de Villa Gesell.—

Resolucion 3977

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

                                FECHA DE SANCIÓN:  4 de Agosto de 2014.-

                                NUMERO DE REGISTRO:  3977

                                EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-9835/14.-

 

VISTO:

               La preocupación de los vecinos por la oscuridad que presentan varias zonas de la ciudad dificultando el desplazamiento y la visión en nocturnidad y;

 

CONSIDERANDO:

                                 Que, en recorrida por lugares como por ejemplo la Avenida Circunvalación entre el paseo 104 y Avenida Bs. As., el Barrio Norte de la ciudad, barrio industrial que se encuentra en el sur del distrito, y las localidades del sur del partido, se pudo ver que las luminarias son escasas y no se llega a cumplir con el objetivo esencial por la cual fueron colocadas;

                                Que, se hace evidente también que varias luminarias están quemadas o  punto de quemarse y dejar de funcionar;

                                Que, esta falta de luminarias contribuye a la inseguridad de los vecinos que transitan tanto a pie como en automóviles.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

                                               R  E  S  O  L  U  C  I  O  N

 

PRIMERO: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal realice las gestiones necesarias para

————  el relevamiento y posterior mantenimiento y refuerzo de las luminarias del Partido de Villa Gesell.—

Resolucion 3976

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

                                FECHA DE SANCIÓN: 4 de Agosto de 2014.-

                                NUMERO DE REGISTRO: 3976

                                EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-9829/14.-

 

VISTO:

               La nota presentada por los señores Cueva, Juan Ramón, Peroni, Sergio Raúl, Antonio, Jonathan Rodrigo, Mendoza, Horacio Alfredo, Sánchez, Daniel Ernesto, y

 

CONSIDERANDO:

                                 Que, de la misma se desprende la existencia de un conflicto laboral consistente en el cierre de la firma Gas de la Costa S.A., distribuidora oficial de YPF Gas S.A., que ha generado junto con el cese en el servicio de distribución, el retraso en el pago de haberes y demás rubros laborales a los empleados de la misma;

 

                               Que, asimismo se observa que el exiguo cupo de garrafas sociales asignadas a Villa Gesell, ha generado numerosas problemáticas de tipo social, a la vez que dificultades para brindar rentabilidad a la distribuidora que ha dejado de prestar los servicios respectivos,

 

                               Que, las garrafas sociales representan un enorme esfuerzo del Estado Nacional, orientado a abaratar los costos de las familias más humildes de la ciudad, que dependen de su provisión para poder abastecerse de calefacción y demás servicios esenciales en cualquier hogar, objetivo que a la fecha se encuentra dificultado por el cierre de la única distribuidora de garrafas sociales PLAN NACIONAL GAS PARA TODOS y por el reducido cupo asignado a nuestro Municipio.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

R  E  S  O  L  U  C  I  O  N

 

 

 

PRIMERO: Solicitase a YPF que proceda a designar una nueva distribuidora en el Partido de Villa

————- Gesell que cuente con un mayor cupo del hasta hoy autorizado, para llevar adelante el PLAN NACIONAL GAS PARA TODOS de garrafas sociales.—

 

 

SEGUNDO: Se recomiende especialmente a quien resulte ser designado como distribuidora, que

————–  al momento de contratar personal para realizar las labores propias de dicha tarea, garantice la fuente de trabajo de los 5 (cinco) trabajadores hoy desempleados como producto de el cese del servicio brindado por la firma Gas de la Costa S.A., distribuidora oficial de YPF Gas S.A.—

Resolucion 3975

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

                                FECHA DE SANCIÓN: 4 de Agosto de 2014.-

                                NUMERO DE REGISTRO: 3975

                                EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-9824/14.-

 

VISTO:

              La Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 con sus modificatorias, Ley 26.363, Decreto Reglamentario Nº 779/1995, y la Ley de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires Nº 13.927 con sus modificatorias y sus normas reglamentarias; y

 

 

CONSIDERANDO:

                                  Que, en la Ciudad de Villa Gesell existen más de 20 reductores físicos de velocidad, comúnmente llamados “lomos de burro o lomadas”;

                                  Que, distintos vecinos del distrito de Villa Gesell, han reclamado que los reductores físicos de velocidad, carecen de una buena demarcación, cuentan con poca iluminación y que en algunos casos son altos e inadecuados, razón por la cual se convierten en un factor de riesgo vial para los vehículos;

                                  Que, de acuerdo al relevamiento realizado por el autor del presente proyecto los reductores de velocidad, colocados en distintos puntos de la ciudad, no poseen criterios uniformes en cuanto a medidas longitudinales, de altura y en cuanto a señalamientos horizontales y verticales.-

 

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

R  E  S  O  L  U  C  I  O  N

 

 

PRIMERO: Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal, que en el menor tiempo posible, arbitre

————-  los medios necesarios para adecuar con un criterio uniforme, cada uno de los reductores físicos de velocidad construidos en el Partido de Villa Gesell, como así también proceda con los dispositivos de señalizaciones tanto horizontales como verticales correspondientes y se les provea de una correcta iluminación.—

 

 

SEGUNDO: Convócase a la Dirección de Transito, Secretaría de Obras y Servicios Públicos y a

————-  los distintos bloques políticos que componen el Honorable Concejo Deliberante a redactar a la brevedad en el marco de la Comisión de Obras, Servicios y Transporte Público una Ordenanza a fin de reglamentar la construcción y mantenimiento de los reductores físicos de velocidad a fin de que el criterio sea uniforme en todo el distrito.—

Resolucion 3974

Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

                                FECHA DE SANCIÓN: 4 de Agosto de 2014.-

                                NUMERO DE REGISTRO:  3974

                                EXPEDIENTE H.C.D Nº: B-9844/14.-

 

VISTO:

               El Expediente Nª9806/14 del Pliego de Licitación para el Servicio de Transporte Público de Pasajeros de Villa Gesell; y

 

CONSIDERANDO:

                                 Que, en la elaboración del pliego para la licitación del servicio de transporte público de pasajeros deben intervenir  las distintas áreas municipales a fin de emitir dictamen acerca de la viabilidad del mismo.

                                    Que, a través de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de la Dirección de Tránsito deben evaluar la viabilidad de las modificaciones propuestas para los distintos recorridos, estableciendo la cantidad de kilómetros y el tiempo de cada uno de ellos,  para poder asignar las frecuencias de los mismos y cantidad de móviles.

                                   Que, resulta necesaria la intervención de la Secretaría de Hacienda a efectos de determinar los indicadores de solvencia y garantía financiera (art. 26 inc. 5 de las Cláusulas Generales) para la evaluación de los antecedentes económico-financieros de los oferentes, como así también determinar la ponderación de los distintos factores a ser considerados para la evaluación de futuros ajustes de las tarifas (art. 13 de las Cláusulas Particulares).

                                 Que, también es oportuno contar con un dictamen de la Asesoría Legal acerca de los aspectos jurídicos generales del pliego y en particular sobre la posibilidad de que las UTE (Unión Transitoria de Empresas) puedan participar en la licitación, y acerca del régimen y trámite de las sanciones aplicables a la empresa concesionaria.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

                                                  R  E  S  O  L  U  C  I  O  N

 

PRIMERO: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal copia del expediente N°9806/14, Pliego

————-  de Bases y Condiciones para la Licitación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros a efectos de que tome intervención y emita dictamen a través de las áreas técnicas pertinentes, y de corresponder, realice las modificaciones necesarias, solicitándose que los mismos sean remitidos, a la brevedad, y en el plazo máximo y perentorio de 7 días hábiles para ser incorporados al expediente.—

 

 

SEGUNDO: El expediente N°9806/14 continuará en tratamiento en la Comisión de Obras, Transporte

————  y Servicios Públicos.—