Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

     ————

 

 

 

 

 

2412/11

 

                                  FECHA DE SANCIÓN: 4 de Julio de 2011.-

                                  NUMERO DE REGISTRO: 2236

                                  EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-9170/11.-

 

VISTO:

              La Ley Nacional Nº 23623 por la cual se crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que la misión de la Agencia Nacional de Seguridad Vial es reducir la tasa de siniestralidad en el País mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, nacional e internacional;

                                   Que entre las misiones principales se encuentran las campañas de difusión y concientización, el control y fiscalización del transito y la constitución de un sistema de antecedentes de transito y estadísticas accidentolgicas  y la creación de un mapa de riesgo y puntos negros o de conflictos viales dentro de la trama urbana.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

 

ARTICULO 1º: La Municipalidad de Villa Gesell adhiere a la Ley Nacional Nº 23623 por la cual se

—————— crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial, organismo descentralizado del Ministerio de Interior, con autarquía económica financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuación en el ámbito del derecho publico y privado, la que tendrá como misión la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional mediante la promoción coordinador, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, nacionales e internacionales, receptada por la Provincia de Buenos Aires a través de la Ley 13.927.—

 

 

ARTICULO 2º:  La Municipalidad de Villa Gesell adhiere al proyecto de Seguridad Vial para el Partido

——————  de Villa Gesell. Se autoriza la suscripción y la aprobación del Acuerdo de Participación con Provincias y Municipios para la implementación de dicho proyecto con la Agencia Nacional de Seguridad Vial y demás actos atinentes a la puesta en vigencia del mismo.—

 

 

ARTICULO 3º:  Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

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