Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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1431/96
FECHA DE SANCION: 1º de Julio de 1996.-
NUMERO DE REGISTRO: 1227
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-4392/96.-
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: La presente Ordenanza establece las condiciones para la adjudicación
———————- de futuros planes de viviendas y para las viviendas vacantes de planes anteriores.—
ARTICULO 2º: La Jefa/Jefe de familia debe ser argentina ó naturalizada/o acreditar
———————– mediante documente público la tenencia de por lo menos un (1) hijo a su cargo; y de una residencia en el Partido de Villa Gesell de por lo menos cinco (5) años.—
ARTICULO 3º: Extranjera/o, acreditando por lo menos ocho (8) años de residencia en
———————- el Partido de Villa Gesell como mínimo un/a (1) hijo/a argentino/a.—
ARTICULO 4º: Los hijos citados en los Artículos 2º y 3º deberán ser menores de 18
———————– años y convivir con el grupo familiar.—
ARTICULO 5º: Acreditar ingresos del grupo familiar de cómo mínimo Pesos
———————- Quinientos ($ 500) y un máximo de Pesos Un mil ($ 1.000) debidamente comprobados.—
ARTICULO 6º: No podrán ser beneficiarios del presente sistema los poseedores de
———————– lote, terreno o casa, siendo extensible a los componentes del grupo familiar.—
ARTICULO 7º: La adjudicación se realizará por sorteo ante Escribano Público, entre
———————– los postulantes que reúnan las condiciones establecidas en la presente.—
ARTICULO 8º: Del total de los aspirantes en condiciones de participar del sorteo de
———————— adjudicación accederán en igual número e igual condición los jefes y jefas de familia que hubieran cumplimentado con los artículos 2º, 3º y 4º.- Asimismo se sortearan el 10% de la totalidad de las viviendas para familias con integrantes discapacitados, aunque este sea mayor de dieciocho (18) años.—
ARTICULO 9º: La forma de reintegro será la siguiente; el costo total de la obra será de
———————- acuerdo al valor de las remesas enviadas por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, actualizado a la fecha de entrega de las viviendas.- El costo así determinado más el valor del terreno será prorrateado por la totalidad de las viviendas.- El monto será abonado por los adjudicatarios en ciento ochenta (180) cuotas mensuales con vencimiento el día (10) de cada mes, a partir de la entrega de las viviendas.—
ARTICULO 10º: La forma de actualización será la determinada en el Artículo 13º de la presente.—
ARTICULO 11º: La forma de reintegro y actualización son las establecidas en la
————————- Resolución 1159/85 del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires o sus modificaciones posteriores hasta donde lo permita la Ley de Convertibilidad.—
ARTICULO 12º: En oportunidad del pago de la cuota Nº 90, los adjudicatarios podrán
———————— optar entre las siguientes alternativas:
- Solicitar a la Municipalidad la escrituración de la vivienda a su favor con constitución de hipoteca a favor de la Municipalidad de Villa Gesell, debiendo hacerse cargo los adjudicatarios de los gastos que demande la misma;
- Cancelar la totalidad de las cuotas restantes hasta la finalización del crédito, tomando como valor la última cuota abonada,
- Continuar con el pago de las cuotas según lo establecido en el Artículo 11º de la presente.-
ARTICULO 13º: Destino de la vivienda:
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- El adjudicatario deberá destinar dicho inmueble a vivienda única y permanente.-
- El adjudicatario se obliga a habitar la vivienda con su grupo familiar directo, en un plazo no mayor de noventa (90) días a partir del momento en que se ha recibido la posesión real y efectiva;
- La transgresión del presente será casual de rescisión de contrato con pérdida de lo abonado y la Municipalidad podrá disponer de la unidad habitacional para adjudicarla entre quienes no fueran beneficiados con el sorteo.-
ARTICULO 14º: El Registro de Postulantes que reúnan las condiciones establecidas, se
———————— abrirá en cuenta aquellas de treinta (30) días corridos y se tomarán en cuenta aquellas fichas presentadas oportunamente por quienes no poseyendo lote ni vivienda propia se inscriban en el plan de vivienda.- Una comisión integrada por un (1) representante del Departamento Ejecutivo Municipal y dos (2) representantes de cada Bloque Político del Honorable Concejo Deliberante evaluará los requisitos cumplimentados, con el fin de participar del sorteo ante Escribano Público y estará facultada para resolver sobre casos especiales.- La Comisión se expedirá en un término de diez (10) días a partir de la recepción de los antecedentes de los solicitantes.—
ARTICULO 15º: El Departamento Ejecutivo Municipal celebrará Boleto de Compra
———————— Venta con los adjudicatarios donde se especificarán las condiciones de entrega de las viviendas y las penalidades ante el incumplimiento de las partes.—
ARTICULO 16º: En los planes de vivienda se fijará una vivienda cuyo destino será
———————— estrictamente funcionar como Hogar Transitorio.- El funcionamiento de esta vivienda será reglamentado por el Departamento Ejecutivo, y sujeto a la aprobación del Honorable Concejo Deliberante en cuanto a su uso y destinatarios, y en ningún caso será otorgada con título dominial definitivo.—
ARTICULO 17º: Considérense las presentes modificaciones y otras concordantes con
———————– el espíritu de la Ley 23179/85 para el acceso a planes de vivienda y demás, relacionados con los Derechos Sociales.—
ARTICULO 18º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—