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Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2184/08

                               FECHA DE SANCION: 6 de Octubre de 2008.-
                               NUMERO DE REGISTRO: 2006
                               EXPEDIENTE H.C.D. Nº_ B-8311/08.-

 

VISTO:

La labor cultural desarrollada por los Artesanos Geselinos que exhiben sus productos en la Feria Artesanal, Regional y Artística de Villa Gesell, sita en Avenida 3, entre Paseos 112 y 113, y

 

CONSIDERANDO:

Que, se debe estimular como hecho y patrimonio cultural, el desarrollo de la actividad artesanal que excede el mero hecho comercial de dichos productos, realizado en temporada turística alta;

Que, Villa Gesell históricamente se ha destacado por contar un número muy importante de artesanos en diferentes especialidades, que cuentan con gran prestigio por lo logrado de sus respectivas producciones, resultando ello un aspecto cultural que pone un sello distintivo a nuestra comunidad;

Que, resulta de suma utilidad para el desarrollo turístico, contar con una Feria Artesanal, Regional y Artística, que exhiba y comercialice productos artesanales en temporada turística alta, así como en períodos del año que resulten de importancia por la afluencia turística, todo ello con el fin de mejorar la oferta de atractivos turísticos que nos posicionen como destino vacacional;

Que, resulta necesario diferenciar a aquellos artesanos que, desarrollando su tarea habitual, generan un hecho cultural de importancia turística, respecto a los que, más allá de su formación, tan solo generan un hecho comercial orientado a comercializar las artesanías en temporada turística alta, sin contar con residencia o taller en Villa Gesell, ni contribuyendo con su labor a generar una mejor oferta turística en temporada turística baja;

Que, reconocer a los artesanos geselinos, como parte del patrimonio cultural de Villa Gesell, resulta un acto de justicia, por entender que es indispensable rescatar su esfuerzo y dedicación, en tiempos en que la producción industrial resulta abrumadora y casi excluyente en toda actividad  productiva;

Que, reconocer el patrimonio cultural que representan los artesanos geselinos, significa asignarle  al Estado Municipal, una función del mercado comercial Geselino, toda vez que, quienes se desempeñan como artesanos todo el año en nuestra comunidad, difícilmente pueden insertarse en el mercado comercial compitiendo con productos industriales que resultan de menor costo de producción, siendo por ende, necesario compensar el esfuerzo, las destrezas y  la generación de un hecho cultural de importancia turística, con una ventaja económica que justifique y potencie dicha actividad;

 

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTÍCULO 1°:  Declárese como Patrimonio Cultural de Villa Gesell, la tarea
——————   desarrollada por los Artesanos que componen la Feria Artesanal, Regional y Artística de Villa Gesell (FARA), sita en Avenida 3, entre paseos 112 y 113 y que reúnen los requisitos taxativamente consignados en el artículo segundo.- – –

ARTÍCULO 2°: Serán considerados artesanos componentes del Patrimonio
——————-  Cultural de Villa Gesell, a aquellos que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Formar parte de la Feria Artesanal, Regional y Artística de Villa Gesell sita en Avenida 3, entre Paseo 112 y 113 y/o donde la misma sea emplazada en el futuro.
  2. Tener residencia en el Partido de Villa Gesell por más de dos (2) años ininterrumpidos.
  3. Acreditar el domicilio real con el Documento Nacional de Identidad y al menos, con una factura de  un servicio público a nombre del titular del beneficio.
  4. Contar con el respectivo Taller Artesanal en el Partido de Villa Gesell.
  5. Exhibir sus artesanías y comercializarlas en la Feria Artesanal, Regional y Artística de Villa Gesell, como mínimo en los siguientes períodos de cada año: del 15 de diciembre al final de Semana Santa, en el receso escolar de invierno (entendiendo dicho período como el establecido como receso escolar por las autoridades de la Dirección General de Cultura y  Educación de la  Provincia de Buenos Aires), el tercer fin de semana de agosto (17 de agosto), y el período durante el cual se desarrolle la Fiesta Nacional de la Raza en el Mar – Un Encuentro de Culturas, conforme sea establecida su duración por la agenda de actividades culturales y turísticas confeccionada por la Municipalidad de Villa Gesell.- – –


ARTÍCULO 3°:
Los Artesanos que pretendan ser incluídos en la nómina de
——————- Artesanos pertenecientes al Patrimonio Cultural de Villa Gesell, deberán:

  1. Formular su solicitud ante el Departamento Ejecutivo Municipal, acreditando los requisitos exigidos en el Artículo 2º.-
  2. No contar con deudas a la fecha de solicitud, resultantes de cánones adeudados por la actividad desarrollada en la Feria Artesanal, Regional y Artística de Villa Gesell, sita en Avenida 3, entre Paseos 112 y 113 de Villa Gesell.
  3. Asumir el compromiso por escrito, de exhibir y comercializar sus artesanías en la Feria Artesanal, en las formas establecidas y en los períodos consignados precedentemente.- – –


ARTÍCULO 4°:
Los Artesanos que sean incluidos  en la nómina de Artesanos
——————- pertenecientes al Patrimonio Cultural Geselino, por  encontrarse su actividad fuera del mercado comercial, quedarán eximidos del pago de cualquier canon por el uso del espacio público cedido por el Estado Municipal en el ámbito de la Feria Artesanal, Regional y Artística de Villa Gesell sita en Avenida 3, entre Paseos 112 y 113 y/o donde la  misma se reubicare.- – –


ARTÍCULO 5°:
Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.- – –

 

 

 

 

 

 

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