2291/10
FECHA DE SANCIÓN: 3 DE MAYO DE 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2111
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8796/10.-
VISTO:
El expediente Nº 8796/10 y la situación en la que se encuentran los ocupantes del barrio de autoconstrucción “Nuestras Malvinas” ubicado en la Mz. 22ª – Parcela “B” – Circunscripción VI, de nuestra localidad; y
CONSIDERANDO:
Que, los mismos hasta la fecha no cuentan con una norma legal que les otorgue la posesión de las viviendas que ocupan;
Que, por ser interés social seria importante que la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires proceda a la escrituración de las viviendas.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Convalidase el Decreto Nº 183/2010 emanado por el Departamento
——————- Ejecutivo Municipal de fecha 15 de Enero de 2010.—
ARTICULO 2º: Declárese de utilidad publica y cédase a titulo gratuito la, plena
——————- propiedad de los inmuebles que constan en el Decreto Municipal Nº 183/2010 a las personas adjudicadas del barrio de autoconstrucción “NUESTRAS MALVINAS”, conforme lo establece la Ordenanza Nº 1118/93.—
ARTICULO 3º: Deróguese la Ordenanza Nº 2265/09.—-
ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—