Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
————
2318/10
FECHA DE SANCIÓN: 17 de Agosto de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2140
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8903/10.-
VISTO:
El expediente nº 8903/10 y lo informado en el expediente Municipal Nº 3298/10 por la Sra. Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que, la Señora PORCHILE, Susana Graciela, fue adjudicataria mediante Ordenanza Nº 98 de 1981 de la parcela indicada catastralmente como VI-B-16g-10 del Plan denominado “Geselinos de escasos recursos” y en virtud a lo dictaminado a folio 18 por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita una modificación de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-B-16g-10
——————- del Plan denominado “Geselinos de escasos recursos” a la Sra. VIGNOLA, Mabel Susana D.N.I. 11.042.097 y al Señor Manuel Muñoz D.N.I. 5.326.875 por haber adquirido legalmente el inmueble según lo informado en el boleto de compra-venta certificado de acuerdo al folio 8 del presente expediente.—
ARTICULO 2º: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la
——————- condición social de la vivienda donde habita actualmente la nueva adjudicataria en su carácter de vivienda única y permanente.—
ARTICULO 3º: La titular mencionada en el Artículo 1º es a simple titulo de principal
—————— jefe del grupo familiar, siendo beneficiarios ambos cónyuges o concubinos que conformen el grupo familiar beneficiado.—
ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—