Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

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2322/10

                              FECHA DE SANCIÓN: 17 de Agosto de 2010.-
                               NUMERO DE REGISTRO: 2144
                               EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8908/10.-


VISTO:

              El Expediente Nº 8908/10 y lo informado en el expediente municipal nº 3371/10 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y

 

CONSIDERANDO:

                                   Que, la Señora CASTRO, Graciela Victoria, fue adjudicataria mediante Ordenanza nº 544 de 1990 de la vivienda construida indicada catastralmente como VI-H-136-16 del plan denominado “Pro Casa II” y en virtud a lo dictaminado a folio 9 por la Dirección de Asesoría  Legal y Técnica, donde se solicita la modificación de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la  Provincia de Buenos Aires.-

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

 

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

 

ARTICULO 1º:  Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-H-136-16
——————-   del Plan “Pro Casa II” a la Sra. GUGLIELMOTTI, Adriana Selene DNI: 25.142.009 por haber adquirido legalmente  el inmueble según lo informado en el boleto “compra-venta certificado”, según folio 7 del presente expediente .—

ARTICULO 2º:  A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la
——————-  condición social de la vivienda donde habita la adjudicataria actual en su carácter de vivienda única y permanente.—

ARTICULO 3º:  La titular mencionada en el Artículo 1º es a simple titulo de principal
——————–  jefa del grupo familiar, siendo beneficiarios ambos cónyuges o concubinos que conformen el grupo familiar .—


ARTICULO 4º
:
Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—