Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2322/10
FECHA DE SANCIÓN: 17 de Agosto de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2144
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-8908/10.-
VISTO:
El Expediente Nº 8908/10 y lo informado en el expediente municipal nº 3371/10 por la Señora Jefa de Regularización Dominial de la Municipalidad de Villa Gesell; y
CONSIDERANDO:
Que, la Señora CASTRO, Graciela Victoria, fue adjudicataria mediante Ordenanza nº 544 de 1990 de la vivienda construida indicada catastralmente como VI-H-136-16 del plan denominado “Pro Casa II” y en virtud a lo dictaminado a folio 9 por la Dirección de Asesoría Legal y Técnica, donde se solicita la modificación de la Ordenanza para poder efectuar la correspondiente escritura a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Adjudíquese la vivienda indicada catastralmente como VI-H-136-16
——————- del Plan “Pro Casa II” a la Sra. GUGLIELMOTTI, Adriana Selene DNI: 25.142.009 por haber adquirido legalmente el inmueble según lo informado en el boleto “compra-venta certificado”, según folio 7 del presente expediente .—
ARTICULO 2º: A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 1º se tiene en cuenta la
——————- condición social de la vivienda donde habita la adjudicataria actual en su carácter de vivienda única y permanente.—
ARTICULO 3º: La titular mencionada en el Artículo 1º es a simple titulo de principal
——————– jefa del grupo familiar, siendo beneficiarios ambos cónyuges o concubinos que conformen el grupo familiar .—
ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—