Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2356/10
FECHA DE SANCIÓN: 15 de Noviembre de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2180
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: S-8942/10 – 9023/10.-
VISTO:
La solicitud efectuada por Expediente S-8942/10 y anexo A-9023/10 en referencia a la actualización de la tarifa del servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro por parte de las Asociaciones representantes de los propietarios de Taxis, y;
CONSIDERANDO:
Que, es menester del Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell evaluar y aprobar las Tarifas a aplicar por la prestación del servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro, de acuerdo al Artículo 46º de la Ordenanza Nº 1823/01,
Que, la realidad indica que la última actualización de tarifa se produjo el 1º de diciembre de 2008, existiendo a la fecha, un defasaje que hace pertinente readecuarla en virtud de la prestación del servicio en todo el Partido de Villa Gesell.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: Autorízase la siguiente Tarifa para el servicio público de
——————- automóviles de alquiler con taxímetro, a saber:
- a) Bajada de Bandera $4,75.-
- b) Valor y caída de ficha $ 0,40 cada 110 metros.
- c) La ocupación del baúl y/o asientos del vehículo para equipajes de
los pasajeros, será sin cargo.—
ARTÍCULO 2°: Deróguese la Ordenanza 2205/08.—
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—