Municipalidad de Villa Gesell

Honorable Concejo Deliberante

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2356/10

                           FECHA DE SANCIÓN: 15 de Noviembre de 2010.-
                           NUMERO DE REGISTRO: 2180
                           EXPEDIENTE H.C.D. Nº: S-8942/10 – 9023/10.-

 

VISTO:

La solicitud efectuada por Expediente S-8942/10 y anexo A-9023/10 en referencia a la actualización de la tarifa del servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro por parte de las Asociaciones representantes de los propietarios de Taxis, y;

 

CONSIDERANDO:

Que, es menester del Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell evaluar y aprobar las Tarifas a aplicar por la prestación del servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro, de acuerdo al Artículo 46º de la Ordenanza Nº 1823/01,

Que, la realidad indica que la última actualización de tarifa se produjo el 1º de diciembre de 2008, existiendo a la fecha, un defasaje que hace pertinente readecuarla en virtud de la prestación del servicio en todo el Partido de Villa Gesell.

 

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante  sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1º: Autorízase la siguiente Tarifa para el servicio público de
——————- automóviles de alquiler con taxímetro, a saber:

  1. a) Bajada de Bandera $4,75.-
  2. b) Valor y caída de ficha $ 0,40 cada 110 metros.
  3. c) La ocupación del baúl y/o asientos del vehículo para equipajes de

los pasajeros, será sin cargo.—

ARTÍCULO 2°: Deróguese la Ordenanza 2205/08.—

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—

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